CONCEPTOS CIENTÍFICOS

 

Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto en cuanto la falta de claridad en lo referente a las definiciones y conceptos sobre la materia, se han propuesto los siguientes conceptos y definiciones:

 

Ambiente: Conjunto de condiciones bióticas y abióticas propias de la naturaleza, incluyendo aquellas que han sido alteradas por intervención antrópica, que permiten el desarrollo de la vida.

 

Biodiversidad: Se entiende por biodiversidad la variabilidad de organismos vivos presentes en los ecosistemas terrestres y acuáticos (incluidos los marinos).

 

Ecosistema: Sistema natural que resulta de la reunión de elementos con mutua interacción, compuesto por los organismos vivos y el ambiente físico en que se desarrollan.

 

Especie: Es una población natural o conjunto de poblaciones con características básicas semejantes, cuyos individuos se reproducen entre sí y sus descendientes son fértiles.

 

Especies Promisorias: Dícese de todas aquellas especies de la fauna y flora silvestres, actualmente no utilizadas o usadas en forma incipiente, y que son potencialmente susceptibles de un aprovechamiento ambientalmente sostenible.

 

Procesos Productivos Endógenos: Son los que se generan y desarrollan al interior de una determinada nación, región o localidad, con la finalidad de contribuir en el mejoramiento de la calidad de vida de la colectividad humana.

 

Tecnología: Conjunto de los medios y procedimientos empleados por el hombre para él uso eficiente de la oferta natural de bienes y servicios, en beneficio de la colectividad humana.

 

Transferencia de Tecnología Ambiental: Conjunto de actividades encaminadas á transmitir los conocimientos y avances de la tecnología tradicional y no tradicional, en temas vinculados con el manejo, persistencia y preservación de la calidad ambiental, el incremento de la productividad biótica, la restauración de los ambientes degradados y el bienestar socio-económico de la colectividad, para que en todo proceso productivo se eviten o minimicen deterioros sobre el medio ambiente, los recursos naturales renovables y la salud humana.

 

Domesticación: Entiéndese por domesticación el proceso de cría y levante, controlado por el hombre, de generaciones sucesivas de especies que usualmente han sido objeto de mejoramiento genético.

 

Especie Endémica: Se dice que-una especie o subespecie es endémica, de una región dada, cuando su área natural de distribución está circunscrito a dicha región

 

Especie Exótica: Según el Decreto N° 1608 de 1978: "se entiende por especie exótica la especie o subespecie taxonómica, raza o variedad cuya área natural dé dispersión geográfica no se extiende al territorio nacional ni a aguas  jurisdiccionales y si se encuentra en el país como resultado voluntario o involuntario de la actividad humana".

 

Especie Introducida, Aloctona o Adventicia: Es aquella cuya presencia en una región dada es resultado de la introducción humana deliberada o accidental

 

Especie Nativa o Autóctona: Es la originaria de la región que habita, cuyo areal se ha extendido a esa región sin intervención humana.

 

Fauna Asilvestrada o Cimarrona: Son aquellos animales domesticados que han escapado del dominio del hombre y han regresado a su medio natural.

 

Fauna Doméstica: Conformada por especies que han sido objeto domesticación.

 

Fauna Silvestre: Según el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables: "Entiéndese por fauna silvestre el conjunta de animales que no han sido objeto de domesticación, mejoramiento genético o cría y levante regular o que han regresado a su estado salvaje, excluidos los peces y todas las demás especies que tienen su ciclo total de vida dentro del medio acuático".

 

Flora Silvestre: Según el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables: "Se denomina flora silvestre el conjunto de especies e individuos vegetales del territorio nacional que no se han plantado o mejorado por el hombre".

 

Material Genético: Según el Convenio sobre Diversidad Biológica: "Es todo material de origen vegetal, animal, microbiano o de otro tipo, que contenga unidades funcionales de la herencia".

 

Recursos Biológicos: Según la Ley 165 de 1994, se entienden como tales: "Los recursos genéticos, los organismos o partes de ellos, las poblaciones, o cualquier otro tipo del componente biótico de los ecosistemas, de valor o utilidad real o potencial para la humanidad".

 

Recursos Genéticos: Según la Ley 165 de 1994 es: "El material genético de valor real o potencial" y según la Decisión Andina 391 es: "todo material de naturaleza biológica que contenga información genética de valor o utilidad real potencial.

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