RECAPITULACIÓN
 

El carácter mercantilista de la economía española durante la segunda mitad
del siglo XVI y el siglo XVII llevó a que la minería se convirtiera en la principal
actividad económica de las colonias Americanas; la explotación de la plata
adquirió rápidamente gran importancia, representando a mediados del siglo
XVII el 99% de las exportaciones minerales de toda América.

En la Nueva Granada, durante la colonia, el oro fue el producto de mayor
producción y explotación, realizándose esta en tres etapas:

a. Apropiación de los tesoros acumulados por los Indígenas.
b. Extracción del oro en los lavaderos fluviales.
c. Explotación de las minas de veta.

Este último tipo de explotación fue uno de los causantes de la pérdida de
muchos miles de vidas indígenas, que obligó a los españoles a importar mano
de obra negra esclava.

La propiedad territorial evolucionó de acuerdo con dos mecanismos
fundamentales:

1. La apropiación, inicialmente hecha por los conquistadores y sus
acompañantes; luego, y a medida que se complicaba la administración colonial,
concedidas por los Cabildos, los Gobernadores o las Audiencias, mediante
las mercedes de tierras aprobadas por el Monarca.

2. Los condicionamientos de tipo económico que presionaron la ocupación
de tierras para satisfacer las necesidades de productos agrícolas de los
españoles, cuando la producción de las comunidades Indígenas fue
insuficiente. Así se formaron las estancias, alrededor de las encomiendas,
que fueron expandiéndose hasta convertirse en latifundios o haciendas.

El comercio colonial se caracterizó por el monopolio estatal, ejercido a través
de la Casa de Contratación de Sevilla. Con ellas trataban los comerciantes
mayoristas, quienes manejaban grandes fortunas y casi todo el sistema
crediticio. La organización y defensa del comercio significó para España un gran
esfuerzo económico para sostener las flotas armadas que trataban de frenar
el acoso de piratas y corsarios, especialmente Ingleses.

En cuanto al trabajo indígena, en la colonia surgieron dos (2) formas nuevas:
El Resguardo y la Mita.

El Resguardo es todavía la tierra asignada, con carácter absolutamente
inalienable, a las comunidades indígenas en forma de propiedad comunal. La
Mita consistió en la obligación que tenían los indios de trabajar en ciertas
actividades económicas a cambio de un salario; hubo mita agraria, mita minera
y mita de obrajes.

La sociedad colonial neogranadina fue netamente clasista, estando siempre
en la cúspide los españoles y luego los criollos, y en la base de la pirámide
los obreros, mineros, agricultores y todo aquel cuyo trabajo fuera manual.
Con la gran disminución de los indígenas se estableció la esclavitud de los
negros y entró este nuevo elemento en el proceso de mestizaje.

En la administración colonial se destaca el control ejercido por la monarquía
a través del Consejo de Indias, la Casa de Contratación de Sevilla, los virreyes,
las Audiencias Reales, los cabildos municipales y los visitadores.
 

AUTOEVALUACIÓN FINAL
 

Antes de resolver el trabajo escrito revise su aprendizaje de esta unidad,
respondiendo el siguiente cuestionario.

1. Explique ,la correspondencia entre los ciclos de oro y la incorporación
de nuevos territorios. al imperio español, y los ciclos de explotación del oro
en la Nueva Granada.
J
2. ¿Cómo entiende usted los conflictos sociales de la esclavitud negra y
el cimarronismo?

3. ¿Qué funciones ejercían el Consejo de Indias, la Casa de Contratación
de Sevilla y las Reales Audiencias?


RESPUESTAS
 

1. Su respuesta debe explicar los siguientes hechos:
*  Ciclo antillano, iniciación de la producción aurífera.
*  Ciclo continental: aumento' de la productividad, a partir de 1540.
*  El Ciclo de 1550 a 1640, con la producción concentrada en los distritos
de Santa Fé, Antioquia, Cartago y Popayán.
*  El Ciclo de 1680 a 1800, cuando la mayor producción se dió en las
provincias del Chocó y Antioquia.

2. Esta respuesta depende de su propio criterio. De todas maneras es
importante que compare las bases de ella con el contenido de las páginas
31 a 35.

3. Consejo de Indias:
a. Órgano de consulta para todos los asuntos relacionados con los Indios.
b. Cuerpo legislativo.
c. Máximo Tribunal de Apelación en juicios civiles, administrativos
y penales.

Casa de Contratación de Sevilla:
a. Regulación de las relaciones comerciales con el Nuevo Mundo.
b. Órgano consultivo de la corona en todo lo relacionado con las Indias.
c. Tribunal mercantil.

Reales Audiencias
a. Tribunales de apelación para sentencias de instancias de rango
menor.
b. Tribunales de primera instancia para asuntos importantes.
c. .Jurisdicción criminal a 5 leguas a la redonda.
d. Tribunales de primera instancia para litigios de encomiendas y
encomendados.
e. Jurisdicción sobre litigios entre órdenes religiosas y sobre delitos
cometidos por eclesiásticos.
f. Órganos consultivos para virreyes y presidentes.

Si todas sus respuestas fueron acertadas, pase a resolver el Trabajo
Final. En caso contrario repase los temas en que tuvo dificultades.

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