Las negociaciones francesas sobre el derecho del mar
En 1973 las Naciones Unidas convocaron la Tercera Conferencia Internacional sobre el Derecho del Mar, para mejorar los insuficientes acuerdos de 1958. Las naciones dirigentes del mundo se vieron entonces confrontadas con un número creciente de estados jóvenes que defendieron enérgicamente sus intereses propios (véase Ratter 1989).
Especialmente discutido fue el artículo 121,3 del borrador de la convención, el cual negaba a islas dependientes una zona de derecho del mar con un mar territorial de 12 millas marinas y una zona económica exclusiva de 200 millas marinas. Francia declaró que considera a la soberanía estatal como indivisible y rechazó esta propuesta al igual que la Gran Bretaña. Para llegar a un acuerdo, Trinidad -independiente desde 1966- propuso separar la declaración de zonas alrededor de islas del problema de los territorios dependientes. Durante la octava reunión de la conferencia en 1980, apareció de nuevo la exigencia de fijar un menor valor para los territorios dependientes. Esta propuesta fue acogida, entre otros, por la entonces recién independiente Dominica. Gran Bretaña como potencia colonial y Venezuela, la cual debido a la Isla Aves reclamó un amplio espacio marítimo, se opusieron nuevamente. En 1982 reafirmaron su posición y, finalmente, otros estados lograron impedir un estatus especial para las islas todavía no independientes (véase United Nations 1988). Francia, que ya por medio de la ley de 1946 había resuelto jurídicamente el problema de sus territorios dependientes, también aceptó la solución encontrada. Sin embargo firmó la convención bajo reservas, y negó hasta la fecha una ratificación, aunque por razones que tienen que ver con los problemas de la minería marina. De los vecinos caribeños únicamente St. Lucia ha ratificado la Convención; Dominica, Antigua & Barbuda, St. Kitts & Nevis y los Países Bajos tan solo la firmaron.
Ya en el año de 1971, Francia fijó legalmente su reclamo nacional sobre un mar territorial de 12 millas marinas (Loi No. 71-1060) y definió en 1976 una zona económica exclusiva con 200 millas marinas de ancho (Loi No. 76-655). Con los decretos No. 78-276 y 78-277 este reglamento también se aplicó a Guadalupe y Martinica. Desde entonces el Ministerio de Relaciones Exteriores francés realizó varias negociaciones sobre el derecho del mar, en los cuales participaron miembros de gremios locales de las Antillas Francesas.
Algunas negociaciones fronterizas ya habían sido iniciadas por Francia durante la fase de conversaciones de la Tercera Conferencia sobre el Derecho del Mar (véase figura 1). Entonces se demostró que la calidad de las relaciones políticas generales también tenía efecto sobre las negociaciones del derecho del mar. Así es que el gobierno francés, con base en dos notas diplomáticas del 30 de agosto de 1978 y del 12 de diciembre de 1978, y un comunicado del 7 de diciembre de 1979 acordó un convenio con Venezuela. El tratado fija el meridiano de 62°48'50' como línea fronteriza entre la Isla Aves y los Départements franceses con base en el principio de la equidistancia, en este caso no exactamente cumplido.
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También Venezuela ya había fijado legalmente, antes de las negociaciones, su reclamo de una zona económica exclusiva de 200 millas marinas. En contraste con la gran potencia europea, pudo hacer referencia a la conclusión exitosa de convenios fronterizos con los Países Bajos (hacia Aruba, Bonaire/Curazao, Saba/St. Eustatius), los Estados Unidos (hacia Puerto Rico y las Vírgenes) y la República Dominicana. El convenio franco-venezolano se ratificó en 1983.
En 1981 Francia firmó un convenio con St. Lucia que fija la frontera marítima al sur de Martinica con base en la equidistancia. La terminación rápida de estas negociaciones es el resultado de las especiales relaciones históricas entre St. Lucia y Martinica. Sin embargo, hoy en día el convenio es considerado por la OECS como precipitado y sujeto a revisión, ya que no hubo una evaluación económica previa de los recursos naturales.
Las negociaciones con Dominica también empezaron a principios de los años ochenta, pero apenas concluyeron en 1986. En 1988 dicho acuerdo fue ratificado. Dominica como único vecino presentó un reclamo sobre una zona contigua de 24 millas marinas, lo cual dificultó las negociaciones. Dificultades produjo también la ubicación especial de la isla, ya que respetando exactamente el principio de la equidistancia no permite ninguna salida a alta mar. No obstante, Francia concedió a Dominica este acceso de acuerdo con la convención. Las coordenadas occidentales finales de las fronteras con Martinica y Guadalupe terminaron sobre el meridiano de 62°48'50". Por lo tanto, son una consecuencia de lo preestablecido en el convenio franco- venezolano (véase Freestone 1990).
Desde su fundación, la OECS trata de buscar una posición unificada de sus siete miembros, entre ellos cinco vecinos directos de las Antillas Francesas (St. Lucia, Dominica, St. Kitts & Nevis, Antigua & Barbuda y, sin derecho propio de negociar, Montserrat). Ya en su segunda cumbre en 1982 la Organización decidió que todos los estados tendrían que declarar un mar territorial de 12 millas marinas y una ZEE de 200 millas marinas. Todos los miembros negaron a Venezuela el derecho a reclamar alrededor de la deshabitada Isla Aves una zona económica exclusiva de 200 millas. En 1984 los estados de la OECS acordaron armonizar sus leyes marítimas nacionales. En 1987 la organización decidió como línea de orientación en las negociaciones, conversar primero con los países metropolitanos (Francia, Gran Bretaña, Países Bajos y Estados Unidos), luego con los países no CARICOM como Venezuela y la República Dominicana, más tarde con Barbados y Trinidad como estados pertenecientes al CARICOM y finalmente entre ellos mismos. Sin embargo, hasta 1987 únicamente se habían logrado negociaciones exitosas con Francia.
Antigua & Barbuda, que desde 1986 reclama un estatus archipielágico, hasta ahora no estaba dispuesta a delimitar con Francia una frontera marítima debido a problemas pesqueros (véase más adelante). Exige primero un convenio sobre la pesca. También con St. Kitts & Nevis no se han dado hasta la fecha contactos relacionados con un convenio fronterizo, ya que este país todavía no ha terminado de definir su propia legislación en cuanto el derecho del mar.
Para las colonias de la Corona británica, Montserrat y Anguilla, su madre patria fijó hace tiempo una zona de pesca de 200 millas marinas de ancho. Londres convierte poco a poco el antiguo reglamento de un mar territorial de 3 millas marinas para cada una de las colonias británicas en una zona de 12 millas marinas de ancho. Antes supuestamente no se van a empezar negociaciones con Francia.
Las Antillas Holandesas reclaman igualmente un mar territorial de 12 millas marinas. Todavía no se aprovechó la posibilidad, de fijar una zona de pesca de 200 millas marinas de ancho tal como la posee la madre patria. Tampoco aquí ha habido hasta la fecha contactos directos de negociaciones. La división de la isla St. Martin entre los Países Bajos y Francia tiene su origen en el año de 1648 (véase Monnier 1983). En aquel entonces solamente se acordó la frontera terrestre, de manera que hasta hoy no existe una delimitación marítima. No obstante, las buenas relaciones entre las dos partes de la isla nunca generaron un conflicto acerca de este tema (ver Sanguin 1982).
En general se puede decir que las negociaciones de Francia en cuanto al derecho del mar tuvieron éxito en donde existen los mejores contactos políticos. La política de la francofonía (incluyendo el creole) seguramente facilitó acordar los primeros convenios con St. Lucia y Dominica. La reserva de la mayoría de las islas de habla inglesa se puede explicar por un lado debido a la falta de relación lingüística y por el otro lado también por la conclusión precipitada del convenio franco- venezolano. Precisamente este tratado provocó tensiones especiales en las negociaciones con Dominica. Es ante todo este problema el que explica la actitud vistosamente reservada del gobierno francés en cuanto a negociaciones del derecho del mar con otros miembros de la OECS.

