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(continuación capítulo
Política)
Los
pecados libertarios de MURILLO TO
R
O
Conformado el Estado de
Santander por la unión de sus provincias y llegado a su territorio el liberal Manuel
Murillo Toro, se inicia a partir de 1857 el experimento radical que convertiría a esta
tierra en un verdadero laboratorio.
A
consecuencia de la derrota sufrida en los comicios electorales de 1856, Murillo Toro tomó la decisión de trasladarse al
territorio de Santander
que parecía
especialmente
apto para la aplicación de
sus ideas sobre el progreso, el orden social y la economía. Venía encabezando un grupo
de copartidarios civiles compuesto en buena medida por santandereanos, tales como
Antonio María Pradilla, Victoriano de Diego
Paredes,
Narciso Cadena y Rafael Otero.
LA CONSTITUCIÓN DE 1857
El peso de los comerciantes y
de los artesanos en la economía santandereana parecía garantizar la receptividad de las
ideas de libertad individual, eliminación de los monopolios y la iniciativa privada en
detrimento de la intervención social del Estado. Por esta razón Murillo Toro y sus
seguidores adoptaron el ejemplo de Panamá y Antioquia que desde 1855 gozaban del
reconocimiento de Estados Soberanos y
consiguieron del Congreso de la República el acto legislativo del 13 de mayo de 1857 que
daba existencia al Estado Federal de Santander, originando el espacio
político-territorial adecuado para el experimento
político del Radicalismo.
La Asamblea Constituyente del
naciente Estado abordó de inmediato la tarea de redactar la Carta Constitucional y las
leyes que definían los espacios de la libertad de sus ciudadanos y las tareas que se
reservaba el Estado. La sanción de las ideas radicales por medio de las leyes del Estado
santandereano nos muestran en toda su plenitud las características doctrinadas del liberalismo decimonónico.
La Constitución de 1857
empezaba consignando el principio francés de la ciudadanía universal según el cual toda
persona que pisara el territorio de Santander sería considerada como santandereana. A los
individuos se les concedía la más absoluta libertad de asociación, incluso armada, pues
se declaró que las armas serían objeto de libre comercio y fabricación, en el entendido
de que era responsabilidad del ciudadano su libre defensa contra cualquier atropello,
incluido el del propio Estado. En consecuencia, se estableció como derecho constitucional
la posibilidad de levantarse en armas contra el gobierno en cuanto el individuo llegase a
considerar que éste les estaba obstaculizando el libre ejercicio de sus garantías
civiles. Este derecho sería el origen de todos los problemas de orden público
enfrentados por el nuevo Estado.
Esta extrema libertad del
ciudadano fue completada con la eliminación del control del Estado sobre la emisión de
moneda, de tal suerte que en Santander podía circular libremente cualquier moneda.
Finalmente fueron eliminados todos los monopolios, conservando temporalmente el de los
aguardientes para recaudar algunas rentas para la Hacienda Pública.
Se desarrollaron así los dos
principios básicos del ideario radical: la máxima libertad individual posible, concebida
como medio para estimular la iniciativa privada que daría cuenta del progreso general; y
la inhibición del Estado para diseñar la política económica por cuanto se consideró
que el individuo era el mejor juez de sus actos productivos.
Sólo con el establecimiento
del impuesto único y directo podía el Estado intervenir en la vida económica de los
ciudadanos: era urgente la supresión de la burocracia que se sostenía con la gran
diversidad de gravámenes que había dejado la tradición del Estado español. Por lo
demás, el impuesto único sobre la propiedad mueble e inmueble era un instrumento de la
redistribución social, dado que su tasación dependía del nivel social en que se ubicara
cada ciudadano, de tal modo que el Estado podría discriminar su aplicación conforme a
las declaraciones de riqueza presentadas por los
individuos.
Como puede suponerse, fue
esta ley del impuesto directo sobre el patrimonio la que produjo el inmediato
levantamiento de los hacendados de diversas partes del Estado, pero particularmente de los
de la provincia de Pamplona, quienes se sintieron lesionados en sus intereses. El
movimiento de resistencia al gobierno radical fue entonces conducido por los jefes
conservadores de Pamplona, quienes amparados en la legitimidad que la Constitución
concedía al levantamiento contra el gobierno promovieron una guerra civil que forzó la
reforma de la Constitución en 1859, una vez que los radicales aprendieron por propia
experiencia lo que significaban sus excesos libertarios.
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