La tarea mas difícil que el gobierno tenia que llenar era la de conseguir el reconocimiento del nuevo orden de osas por parte del gobierno general reconocimiento que hemos solicitado y con empeño, y para el cual se nombraron Comisionados de entera confianza y se les dieron autorización suficientes. Estos han celebrado con este novo Presidente de Colombia un arreglo honroso para el Estado y para la Nación, ajustando en Bogotá el 18 del último abril las bases de la paz. El Gobierno Nacional ha reanudado con nosotros las antiguas relaciones. Nuestros Comisionados han sido puertos en libertad, las fuerzas que amenazaban al Estado han sido disueltas, el bloqueo ha cesado, y hoy cuenta Antioquia con toda su libertad. Las bases del arreglo celebrado ningún mal entrañan, nada significan en presencia de los males desastrosos de la guerra; ellas los dejan con honra y dignidad.
Si personalmente hubiera contratado yo la paz y no hubiera delegado mis facultades a hombres entendidos y de confianza, debo declarar paladinamente que no hubiera convenido en la condición de internar a los caucanos a más de quince leguas de la frontera, aunque cómprenla a pocos, y en nada les perjudique. Esta base es para mi desagradable ; no está de acuerdo con mis ideas, y empeñado ya el honor del Gobierno para darle cumplimiento, debo manifestar hoy lo que siento. En los pocos días que me restan para entregar a la Asamblea Constituyente el poder que se me confiara, tengo conciencia de que el Gobierno del Cauca no me exigirá la internación de los caucanos; pero aun sucediendo eso, también sé yo que no pasaría por la amarga pena de tener que cumplir lo que rechazo, porque los hijos del Cauca que han adoptado a Antioquia como patria, casi todos con el mayor encarecimiento han representado al Gobierno para que no deje de negociación la paz, siempre que la condición a que aludo sea el único inconveniente; lo que quiere decir que ellos se internarían sin necesidad de intimación."
El mismo 6 de mayo el doctor Barrio dirigió una comunicación al Presidente de la unión, en la cual le dice:
"Por lo que a mí toca, las promesas que la hicieron en nombre de este Gobierno por los Comisionados que él nombró, serán fielmente cumplidas, como lo espero lo serán igualmente las que emanan de vuestra decisión, a saber : el respeto a la soberanía del Estado y la Constitución de las buenas relaciones entre uno y otro Gobierno....
Oportunamente se llevara a efecto, si es Gobierno del Cauca lo exige, la interacción de los caucanos. Sobre este punto me permito deciros, porque aún es tiempo, que no hay inconveniente ninguno en que modifiquéis esa cláusula. Después de la amnistía de 30 da enero de 1863 no tengo conocimiento de que aquí se hayan, asilado ciudadanos del Cauca que hoy serán responsables de hechos punibles ejecutados contra el Gobierno de aquel Estado. Los que recuden en los pueblos del Sur, algunos de los cuales habían tomado parte en la guerra Nacionales y en la del Estado del Cauca, vinieron antes de la fecha citada y, juego que su internación por hechos legalmente olvidados es una contravención a la amnistía y una violación de los derechos que consagra el artículo 15 de la Constitución Nacional como también del artículo 54, según el cual esos señores del Cauca tienen. derecho a ser tratados en Antioquia de la misma manera que si fueran antioqueños.
El caso de interacción de que había el artículo 11 de la constitución Nacional, puede llegar respecto de los pronunciados totalmente en Ríosucio, si se asilan en nuestro territorio.
"Algunos caucanos que hay en el Sur y que se han guarecido allí contraías tormentas del Cauca, se han establecido con sus familias en esas poblaciones, en que la vida es barata y en que han podido hallar alguna ocupación que les dé medios para una escasa y honrosa subsistencia. Otros ocupan destinos civiles, del orden judicial, y para cumplir la indicada cláusula sería preciso suspenderlos o removerlos contrariando nuestras instituciones. Sería en verdad muy doloroso imponer un ostracismo forzado a personas inocentes y familias enteras, de quienes el Cauca no tiene hoy qué temer, porque ni ellas conspirarán contra el Gobierno de aquel Estado, ni el de Antioquia les permitirá a sabiendas un acto imprudente que pudiese perturbar la paz....
"Ellos acaban de dar una prueba honrosa de abnegación. capaz de desarmar a la misma suspicacia. Han hecho al Gobierno manifestaciones. espontáneas y patrióticas para que esa estipulación no sea un obstáculo a la paz y en obsequio de ésta y del bienestar de Antioquia ha ofrecido en sacrificio su libertad y seguridad individuales.
"Yo os agradecería de corazón que me exonera seis de la enojosa tarea de tener que tomar contra los ciudadanos del Cauca una medida que aceptada por ellos mismos en fuerza de su patriotismo, para mí siempre seria dolorosa y sensible, y sólo la llevaría a efecto en cumplimiento de la palabra de honor empeñada por los Comisionados en mi nombre."
En la comunicación con que al interior conteste el 11 de junio el Secretario de lo Interior y Relaciones Exteriores, dice:
Tengo la satisfacción de decir a usted que dependiendo el cumplimiento de esa condición de que el Gobierno del Cauca lo creyera indispensable para la tranquilidad del Estado, los deseos del Gobierno da Antioquia están ya satisfechos, pues ese ilustrado funcionario, que ha, destacado en política a la de confianza en la libertad y en la justicia que el Gobierno de la Unión se esfuerza en propagar, se ha apresurado a manifestar a éste que no cree necesario hacer aquella exigencia."
El mismo día 6 de mayo dictó el doctor Berrio en decreto por al cual se concede amnistía general, sin restricción alguna, por todas los hechos provenientes dé las luchas políticas paradas, y en ella se comprendió no sólo los hechos poéticos sino también los delitos comunes con ex lo nados con ellas, declara exentos de responsabilidad a los funcionarios públicos y a los militares que en ejercicio de sus funciones hubieren incurrido en alguna pena por actos relacionados con hechos políticas, y cancelados los procesos pendientes por hechos de esa naturaleza y las fianzas otorgadas por lo mismo.
El día 7 escribe carta particular al doctor. Botero Uribe, en que le recomienda que regrese a Medellín después de dejar todo arreglado, y que trate may bien a los vecinos de la Aldea de Maria, y al mismo tiempo dicta el decreto del 7 de mayo, por el cual convoca a elecciones y da tas regias necesarias para la reunión dé la Asamblea Constituyente el 15 de junio inmediato. En ese decreto manda Que se observen las disposiciones de la ordenanza de 3 de noviembre de 1855 y las leyes de 5 diciembre de 1856 y de 4 de diciembre de 1857. Cuándo se ha procedido de esta manera en la República, o en las secciones
El Secretario .de Guerra y Marina de la. Unión, General Julián Trujillo, en circular de 29 de abril, ordenó a, todo a los Estados que licencia área inmediatamente.. las fuerzas que de orden del Gobierno se habían levantado para preparar la guerra contra Antioquia.
El Presidente del Tolima, General José Hilario López, en alocución del 24: de abril, considera fausta la noticia que se le había comunicado de haberse acordado la paz con Antioquia, pule que se bendiga al Omnipotente porque inspiró esa determinación al Ejecutivo Nacional, y avisa que mandó licenciar a los 670 hombres pedidos al Tolima como contingente, y suspender las contribuciones extraordinarias para sostener la que el anhelo de tranquilidad en el hogar, y continuó al frente del Gobierno.
