Figura 90

Obedecióla mandando se guardase y cumpliese en 31 de diciembre de 1644 don Martín de Saavedra y Guzmán, caballero del orden de Calatrava, Presidente, Gobernador y Capitán General del Nuevo Reino de Granada, y doña Antonia de Chaves, que fue singular en lo activo, oficioso y en gobierno en el interin de la negociación de licencia dispuso las cercas y oficinas del convento en las casas de su asignación, iglesia, porteña, ornamentos y todo lo demás que requiere el Ministerio. Y teniéndolo en buena forma en 18 de julio de 1645 el Provisor doctor don Alonso de la Cadena y Sandoval, reconoció judicialmente la nueva iglesia, altares, sacristía, convento, coros, rejas, puerta reglar, torno, dormitorio, resitorio, enfermería, vivienda, oficinas y cercas, y para el culto divino cálices, ornamentos y lo demás que le pertenece, declarando por suficiente para la colocación del Santísimo Sacramento en su iglesia, y para poderse celebrar en ella entrar y estar en clausura las monjas, y que se podía ejecutar, y concedió licencia a la abadesa de La Concepción para dejar salir las madres fundadoras; y al siguiente 19 bendijo los ornamentos y iglesia, y pasó a la portería del otro convento, y revestido con capa de coro y prevención de cruz alta sacó de la clausura las religiosas fundadoras que le dieron obediencia besándole la mano en señal, y las llevó en procesión y concurso de eclesiásticos y seglares, a las siete de la mañana, yendo la madre Beatriz de la Concepción en medio del maestro don Cristóbal de Villa y Arellano y bachiller Pedro Ortiz Maldonado Mano-salvas, Maestrescuela y Canónigo en esta ciudad, que la llevaban de mano, y a la madre Francisca Eufrasia de Cristo el doctor don Juan Baptista Pardo de San Nicolás, Canónigo, y don Diego Osorio Nieto de. Paz, patrón; y a la madre Paula de la Trinidad (que sostituyó por Ana de San Jerónimo, que era muerta) el bachiller don Bartolomé del Río y Portillo, racionero, y el Capitán Juan Ortiz Maldonado Manosalvas, persona anciana, y con repique de campanas y música de ministriles pasaron a la nueva iglesia, donde hicieron oración, y volvieron a dar la obediencia al Ordinario, y de allí a su portería, en que repitieron la acción de obediencia tercera vez, y entraron por la puerta reglar que cerró por dentro la madre Beatriz de la Concepción, con lo cual el Provisor declaró estar hecha la fundación de convento de religiosas y quedar en clausura; y fue en 19 de julio de 1645. Volvióse a abrir la puerta reglar y el Provisor creó y nombró por priora y fundadora a la misma madre, y por superiora y vicaria a Francisca Eufrasia de Cristo, y por portera a Paula de la Trinidad, obrando en todo sostituyendo al Arzobispo con su comisión especial por estar enfermo; y volviéndose a la iglesia nueva cantó misa solemne y colocó en el Sagrario del altar mayor el Santísimo Sacramento y entregó la llave al Capellán, maestro don Gregorio Osorio Nieto de Paz, la iglesia y ornamentos, poniéndolo por auto y testimonio. Inmediatamente fueron entrando otros sujetos, nuevas plantas de tan precioso vergel; y en 25 de junio de 1638 había hecho la patrona fundadora constituciones que aprobó el Arzobispo; y en 15 de junio de 1645 las reformó con la misma aprobación arzobispal, limitadas en algo, según se dirá, y revocando lo que a las segundas se oponían las primeras, que son como se siguen:

Figura 91

 



Constituciones

1a Que dotaba al monasterio en sesenta mil pesos de a ocho reales de principal, con mil de renta en cada un año de los de su vida, situados en las encomiendas de Ubaque.

2a Que mientras viviese como patrona, y los patronos que nombrase, gocen de las preeminencias y honores que les pertenecen por tal título, concedidas por derecho y por cédulas reales, como son la de 25 de mayo de 1591 y septiembre de 1595.

3a Que hubiese cincuenta monjas de velo negro y no más, con sus dotes de a dos mil patacones y propinas y ajuar, y más cien patacones para alimentos del año de noviciado, pagándolo todo antes de la profesión. El número de cincuenta se reformó por las segundas, a treinta y tres, con las de nombramiento patronal, sin que excediese, y en la aprobación del Arzobispo quedaron en treinta y cuatro.

4a Que hubiese doce monjas legas con dote de a cuatrocientos pesos de a ocho reales y ajuar de dos hábitos, su cama y ropa blanca a disposición de la priora, excluyendo mulitas.

5a Que las de velo negro sean de legítimo matrimonio, nobles de sangre, virtuosas y por lo menos limpias de toda mala raza, sin excluír la hija natural, concurriendo las otras calidades.

6a Que en el número señalado se incluyesen diez de velo negro, sin dote, a nombramiento de la fundadora, por una vez, de las partes referidas; y si su sobrino don Diego Osorio Nieto de Paz, sucesor del patronato, tuviese de matrimonio una o dos hijas, pudiesen entrar en las primeras dos vacantes de las diez sin dote, por ser de su sangre; y teniendo más, entren con mitad de dote, sin que esto se extienda a otro patrón que no sea de su sangre, sino solamente con los hijos, nietos y descendientes de don Diego Osorio que representase siempre la persona de la fundadora con todo el derecho de patrón fundador, y sus hijas o nietas obtengan el título de fundadoras, pues para este privilegio se despojaba en vida de lo que compone la dotación en que cabía superabundantemente. En las segundas limitó que después de las diez del primer nombramiento no le hubiese de patronos, sino sólo de cuatro nombradas perpetuamente en lugar de las que murieren.

7a Que demás del primer decenio de monjas a nombramiento, sin dote, entrasen por fundadoras Beatriz de la Concepción, su hermana, religiosa de La Concepción que había sido abadesa; Francisca Eufrasia, su prima, y más con título de fundadoras dos inclusas en las diez, Francisca María de la Cruz y Beatriz de Santa Inés, novicias en La Concepción, por ser personas de calidad y virtud que había criado. Murió antes la segunda y enfermó la primera, y casádose.

8a Que atendiendo al buen gobierno, experiencia y buenas calidades que concurrieron en Beatriz de la Concepción y Francisca Eufrasia de Cristo, fundadoras, fuesen prioras, una después de otra, por sus turnos, mientras no hubiese suficiencia entre las demás religiosas.

9a Que cuando se haya de imponer algún censo a favor del convento, redimirle o tomarle por necesidad, sea con parecer y consulta de la fundadora, priora y madres de consejo, impetrando licencia del Arzobispo, sin que el mayordomo ni priora puedan por sí hacerlo.

10. Que, en cuanto a lo temporal, no puedan la priora y monjas disponer nada sin voto y parecer de la fundadora por la inteligencia y manejo de las haciendas, y después de su vida haya de tener voto sólo consultivo el patrón que fuere por el celo y aumento de la fundación.

11. Que haya de haber tres capellanes a nombramiento del fundador y patrones.

12. Que para capellanes prefieran los hijos y descendientes más propincuos de don Diego y don Gregorio Osorio, sus sobrinos, y los mismos, siendo clérigos.

Figura 92

13. Que las religiosas tengan obligación de oficiar la misa y responso que el Capellán celebrare por la fundadora los lunes de cada semana, con doble de campanas al responso, y los miércoles y sábados del año digan las religiosas salve cantada delante del Santísimo Sacramento a devoción de la fundadora, y oficien todas las misas de su disposición.

14. Que no entren niñas a criarse entre las monjas particulares; y si por algún caso entrare alguna, sea con maestra nombrada por la priora y madres de consejo. Y lo reforzó por las segundas con prohibición de entrar seglar en depósito ni en otra ninguna manera, sino para religiosa, lo cual amplió el Arzobispo que pueda entrar persona de prendas tan relevantes que a voto de las tres partes del monasterio padecería detrimento de no la recibir.

15. Que las monjas no tengan más de una criada, y si fuere esclava, sea haciendo donación al convento para después de sus días.

16. Que el monasterio y religiosas estén sujetas a los Arzobispos de la ciudad de Santafé para que, como prelados, ejerzan jurisdicción en las cosas y casos que por derecho les pertenecen.

Religiosas que ha habido

1. Jerónima de San Antonio, hija legítima de don Francisco Osorio Nieto de Paz y de doña Margarita de Colmenares; es difunta.

2. Bárbara de la Trinidad, hija legítima del Regidor Juan Bautista Cortés y de doña Beatriz de Olalla Vasconcelos; ha sido Vicaria.

3. Juana de la Concepción, hija legítima de don Pedro Arias Maldonado.

4. María de San Miguel, hija legítima de Hernando de Herrera Calderón y de doña Micaela de Acosta.

5. Felipa de Jesús María; era bien entendida, de hacia Vélez, nacida en el sitio de Chiquinquirá; murió.

6. María de San José, hija legítima de Juan de Poveda y de Micaela de la Plaza; había sido casada con Julián Chacón, con hijos, y en mayor edad vino a la religión desde la ciudad de Cartagena; difunta.

7. La Madre Beatriz de San Vicente entró el año de 1648 con otras tres hermanas, Mariana, la mayor, y menores Teresa y Brígida, criollas de Cartagena, hijas legítimas del Alférez Arez Núñez de Villadun Anides y de Mariana de la Bandera y Presno, de quienes asímismo es hijo el maestro fray Francisco Núñez, dominicano. La doña Brígida murió niña, sin entrar en noviciado, y en él la Mariana, con sobrenombre de Santo Domingo, y la otra se pondrá en su lugar.

8. Clara de San Bruno, hija legítima de Pedro Fernández Valenzuela, médico, y de doña Juana Vásquez de Solís; difunta.

9. Catalina de Jesús, hija legítima de Francisco de Santillana y de doña María de Céspedes; difunta.

10. Madre Isabel de San Esteban, hija legítima de Juan García Pedroso y de María de la O.

11. Ana María de San José, hija legítima de Sebastián Trujillo y de María de la Oliva.

12. Elvira de la Trinidad, hija legítima del Capitán don Gonzalo de León Venero y de doña Ana de Guzmán.

13. Teresa de Jesús, ya nombrada, con sus tres hermanas.

Comentarios (0) | Comente | Comparta