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Capítulo XIX
TIERRAS DE PARTICULARES LAICOS
Encomiendas
de propiedad
Aunque la encomienda propiamente dicha no daba
derecho sobre la tierra en la teoría, sino que era el usufructo del trabajo de los indios
de un área dada, en la mayor parte de los casos el encomendero, no sólo por su vida o
por dos o tres, sino de modo indefinido, adquirió el dominio de las tierras que ocupaban
los indios que le habían sido asignados. Después pudo componerlas o adquirirlas de la
Corona mediante algunos de los medios indicados por la legislación o por el uso
consuetudinario. Pero muchas volvieron a la Corona.
Todas las apariencias indican que estos
encomenderos usaban las tierras de los indígenas tal como si fuesen propias (Arcila
Farías, 1957, 307-314; 315-316; Hernández Rodríguez, 1975, 209-210).
En un
principio, como es natural, para un conquistador o fundador, la tierra por sí sola valía
poco, puesto que no la iba a trabajar con sus manos. Lo que valorizaba la tierra era el
trabajo del indio. Lo relativo a las encomiendas se trató anteriormente (Patiño, 1993,
VIII, 87-146).
La encomienda llevaba anexo e
implícito el uso de la tierra sobre la cual vivían los indios, con las casas de éstos.
Lo demuestra el hecho de que no se quitaban si no era por causas muy graves: Estas
encomiendas no pueden ser removidas ni quitadas a los que justamente las tienen, sino es
por traición, o por malos tratamientos de indios, o por herejes, que en todos los casos
aunque el primer encomendero corneta algún delito, por donde merezca pena de muerte, no
por eso se le quita a su sucesor el derecho y merced que el Rey le ha hecho y hace por la
encomienda. Así se dispuso en 1511 (Aguado, 1916, I, 92; 89-94; Arcila Farías,
1957, 184).
Había dos formas de conceder las encomiendas: Porque suélense dar las
suertes de los indios por límites o por casas: Cuando es por límites pocas veces hay
necesidad de contadores, mas cuando es por casas sí, porque se dan tantas casas al
primero y tantas al segundo, y así van discurriendo por las poblaciones o valles hasta
rematarse: y estas suertes se van a contar por estos contadores que la justicia nombra,
los cuales, en contando la primera suerte de ciento o doscientas casas, o las que han de
ser conforme a su encomienda, luego amojonan y señalan los términos hasta donde llegan
aquellas casas, y lo mismo hacen en las demás; y aunque en esta cuenta se dividan los
sujetos de un cacique en dos suertes o partes, no vuelven más al señor, si no así
divididos se quedan, y cada cual acude a su encomendero (Aguado, 1917, II, 702-703).
Esto se dice a propósito de los muzos. El mismo autor, refiriéndose al repartimiento
hecho por Domingo Lozano de los indios de Páez entre los conquistadores y fundadores de
San Vicente, que eran unos cincuenta, anota: ... es de uso y
costumbre en todos los más pueblos de las Indias, que no se reparten o hacen los
repartimientos iguales, sino en tres maneras: unos buenos o mejores y otros no tales y
otros peores, y desta manera se reparten entre los soldados, conforme a la calidad y
trabajos y gastos que cada cual ha hecho en la conquista... (Aguado, 1917, II, 799;
Arcila Farías, 1957, 181-182).
El repartimiento no sólo exigía ocupación real
y efectiva, sino residencia por un tiempo dado (Ots Capdequí, 1946, SD, 43).
Haciendas
Hacienda, de hacer
;
de
la acepción primitiva asuntos, ocupación, trabajo,
faena, se pasó a la de bienes, riquezas y su administración por una parte, y por la
otra a la de ganado, bienes pecuarios, como es
lo común en otros idiomas romances (Corominas et
al., 1984, III, G-MA, 298).
Estancia
,
de estar, ya
utilizada en el siglo XIII, en el sentido de mansión (CE-F, 1984, II, 777), o sea la
parte por el todo. Estancia fue también una medida de superficie.
En las ordenanzas de Zaragoza de 1518 con
instrucciones a Rodrigo de Figueroa para aplicar en las encomiendas de la isla española,
la número 17 estatuye: Cuando vacare una encomienda, el nuevo encomendero quedaba
obligado a comprar la estancia de su antecesor, a éste o a sus herederos (Arcila Farías,
1957, 90; 1966, 88).
La mayoría de los tratadistas establecen una
vinculación estrecha de la encomienda con la hacienda. La primera no implicaba derecho de
propiedad sobre el suelo; la segunda sí. La primera se apoyaba en los pueblos de indios;
la hacienda crecía a costa de ellos (Zavala: Zavala et
alii, 1987, 42). Esta relación con el trabajador indígena se ejercitó también
cuando a pesar de las leyes, al comprar una propiedad se adquirían simultáneamente los
obreros, pues éstos estaban adscritos a ella y no al propietario (Casas, 1958, V, 434;
Oberem: Zavala et alii, 1987, 56, 60-61).
Otros creen que la hacienda sustituyó a la
encomienda, y que tanto el encomendero como el hacendado se disputaban los indios de
servicio (Ruiz Rivera, 1975, 136-137; 272; 285; Cárdenas Acosta, 1947, 93).
Un principio de distinción entre la encomienda y
la hacienda lo constituye el carácter de la masa laboral. En la primera la mano de obra
era primordialmente indígena y tenía un carácter permanente, por lo menos durante la
vida del encomendero. En la hacienda la mano de obra pudo ser indígena, negra o blanca,
pero sin carácter permanente, sino eventual, porque aun en caso de negros esclavos,
éstos podían venderse a terceros. Había, pues, mayor movilidad en la mano de obra de la
hacienda y mayor estabilidad en la encomienda. Cuando la fuerza laboral era insuficiente
para el encomendero o el hacendado, se presentaba la puja entre ambos para hacerse a
trabajadores suplementarios, mediante mecanismos como el sonsaque, oferta de mejores
salarios, anticipos de dinero, otorgamiento de pegujales para cultivos de pan coger, y
otras ventajas.
Por eso, aunque la hacienda
existió desde los primeros tiempos de la conquista, por ejemplo con los ingenios de
azúcar y los cultivos de jenjibre en la isla de Santo Domingo, lado a lado con las
encomiendas, cobró notable impulso al suprimirse éstas en 1712, cuando quedó disponible
una gran masa laboral. En efecto en el Ecuador ya en el siglo XVIII la hacienda estaba
consolidada (Moreno Yánez, 1977, 320), y en la Nueva Granada se concentró entonces mucha
tierra en un número reducido de familias (Tovar Pinzón, 1980, 35), aunque en otros
lugares esto ocurrió mucho antes.
También rivalizaron encomenderos y hacendados
para la adquisición de tierras, especialmente de las asignadas a los indios. El proceso
de disolución de las propiedades indígenas se ha estudiado aparte (véase Capítulo XV).
Con referencia al tema se han publicado muchos
trabajos sobre varios países de América Latina (Florescano, 1975, recopilación de 21
autores; Keith, 1977, contribuciones de 20 autores, algunos de ellos de índole literaria;
Jara et alii, 1969, colectánea de 7 autores;
Macera, 1966, 1975, etc.).
Adquisiciones
por compra
Los métodos de adquisición
que se han visto atrás no excluyeron la compra y la permuta. Estas operaciones
constituyen la mayor parte de lo actuado ante las notarías que hubo desde los principios
de la dominación española. Algunos predios cambiaron muchas veces de manos a lo largo de
los siglos, especialmente a partir de 1591 cuando se empezaron a hacer efectivas las
disposiciones sobre composición de tierras.
En algunas de las varias historias de haciendas
que se han publicado el lector podrá hallar ejemplos de compraventas sucesivas.
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