CAPITULO III
MAGISTRATURA EN LA SUPREMA CORTE
Emprende el doctor Cuervo otro viaje a Europa. - Defiende el
proyecto del canal de Panamá. - Es nombrado ministro de la Suprema
Corte de Justicia. - Causa del obispo de Panamá. - La caja de
ahorros. - Redacta los códigos de organización judicial y
procedimiento criminal. - Obsequio que le hace el gobierno.
Catedrático en la Universidad. - Programa sinóptico de derecho
internacional. - Oración de grados. - Informe sobre estudios de
jurisprudencia.
Una vez libre de las funciones de la secretaría de hacienda, puso el doctor Cuervo por obra su deseo de emprender otro viaje a Europa, y lo hizo acompañado de su hijo Luis María, a quien intentaba poner en un colegio comercial. Llegó a Inglaterra, y después de cumplido este propósito, pasó a París, precisamente a tiempo en que se inauguraba una exposición de la industria francesa, la mejor que hasta entonces se había visto. Bien se deja entender cuánto halago ofrecería semejante espectáculo para su espíritu investigador y progresista, y cuánto proyecto combinaría para trasladar a su patria algunas de las maravillas realizadas por la inteligente actividad de esta nación privilegiada.
Ya para entonces empezaba a tratarse de la apertura de un canal interoceánico por la América equinoccial, y aunque algunas naciones como Francia e Inglaterra habían enviado exploradores, era en extremo varia la opinión acerca del lugar por donde debía hacerse. Obrando con celosa actividad los partidarios del de Nicaragua, consiguieron cautivar la atención pública, y con argumentos seductores lo presentaron como el único realizable sin grandes sacrificios; con lo que atrajeron casi todos los periódicos a apadrinar esta empresa y desechar la de Panamá, que contemplaban ya tan impractible por lo costosa como por la insalubridad del país. Le Journal des Débats, con la autoridad que le daba su reputación europea, publicó el 29 de septiembre de 1844 un artículo dictado por tales sentimientos, y en que, no satisfecho con reforzar estas consideraciones, como que se gozaba en dar el golpe de gracia al proyecto de Panamá, asentando que los pocos habitantes que el clima deja a vida en esa comarca son ineptos y perezosos. Aunque no mediaran los grandes intereses que se debatían, y aún más, las ventajas que reportaría la Nueva Granada con que el canal se abriese en su territorio, el doctor Cuervo no podía dejar sin réplica el cargo que se hacía a sus compatriotas del Istmo, ni tampoco dejar de mostrar la ligereza con que, sin aguardar el voto de las comisiones exploradoras, se condenaba una vía que desde los primeros tiempos de la conquista había sido reconocida por la más natural y practicable. Así fue que el 6 de octubre siguiente publicó en el mismo periódico un artículo en que describió lo que era el Istmo de Panamá y el risueño porvenir que le aguardaba, e hizo con justas y halagüeñas palabras el elogio de sus habitantes. El redactor antepuso unas líneas reconociendo la justicia de la reclamación y el peso que daban a ella las circunstancias y posición de su autor.
Estuvo de vuelta en Bogotá en los primeros días de marzo a tiempo que, declarada la elección en favor del general Mosquera, comenzaban los ánimos a serenarse y las cosas a entrar en caja. No más que el diez del dicho mes fue nombrado por el congreso ministro de la Suprema Corte de Justicia. Compuesto este tribunal de notabilísimos jurisconsultos, era sin duda la corporación más respetable de la nación, y ocupar un lugar en ella ponía el sello a la más alta reputación de abogado; lo cual, con haber sido elegido presidente de ella, lo colocaba en cierto modo en el centro de sus inclinaciones, como que por las faenas del foro comenzó su carrera, a ellas había encaminado de preferencia sus estudios, y en ellas hubiera pasado su vida si los deberes del patriotismo y circunstancias ajenas de su voluntad no le obligaran a vivir en constante desacuerdo con sus aspiraciones. Ahora se recreaba con la idea de ver dilatarse ante sus ojos una vida serena en qué soltar a sabor las velas a su actividad; ahora podía entregarse de lleno al estudio, a la enseñanza, a las obras filantrópicas. Acrecentaba la satisfacción de ver cumplidos antiguos anhelos la buena armonía que reinaba entre los magistrados. Referían que en las deliberaciones el doctor Gómez proponía siempre que el doctor Cuervo diera el primero su dictamen, y qué, oído, decía: es conforme a justicia; Cantillo, busque la ley.
En este tiempo se sentenció una ruidosa causa, cuyos incidentes hicieran reír a no haber tenido tan graves resultas. Por los años de 1820 moraba en la diócesis de Panamá un clérigo llamado don Joaquín Gómez Martínez, díscolo, atrevido y pleiteante, furibundo, defectos que le acarrearon una inicua persecución. Procesado ante la curia por diferentes cargos, pidió el promotor fiscal que se le sujetase al examen de facultativos que decidiesen si estaba en su cabal juicio; así lo dispuso el obispo, que lo era don fray José Higinio Durán (1), conformándose con el dictamen del doctor Blas Arosemena, a quien había pasado los procesos en asesoría. Los médicos lo declararon poseído de una manía litigiosa degenerante en demencia, y le recetaron aires fríos y que se abstuviese de leer libros y revolver papeles. El asesor, que, por la cuenta, tomaba a pechos la curación del clérigo, aconsejó al obispo que le enviase a clima más fresco y saludable, y no se encontró otro lugar más a propósito que la ciudad de Cuenca, en el Ecuador. Mientras se le podía enviar a su destino, le llevaron a la cárcel de Portobelo, pero logró con tiempo evadirse y fue a dar a España, donde vivió algunos años. En 1830 pidió que se acumulasen todos los procesos que tenía pendientes y se pasasen al fiscal para proveer a su defensa. Esta solicitud fue negada, alegándose que el juicio estaba fenecido y ejecutoriado, con alusión al auto aquel por el cual se le imponía la mudanza de aires. Después de otras tentativas para alcanzar justicia, se hallaba sin despachar el recurso de fuerza y protección que había presentado contra todas las providencias de la curia eclesiástica de Panamá, a tiempo que con la separación del Istmo en 1840 se creaba allí un tribunal supremo de justicia de que vino a formar parte el mismo Arosemena, que en 1820 había intervenido en decretar la expulsión. Tocóle a éste conocer del asunto, y declaró que el difunto obispo Durán no había hecho fuerza al clérigo, y que se pasasen a la curia los autos para que se ejecutasen sus providencias. Es indudable que en otras circunstancias se opusiera a este atropello el obispo actual, don Juan José Cabarcas, como se opuso, siendo vicario general en sede vacante el año de 1826, protestando que el declarar por loco al clérigo era una de las muchas maldades que había visto cometer en ese istmo; pero por desgracia, agobiado ya con la edad e inhabilitado casi del todo física e intelectualmente por efecto de un ataque de parálisis, se aconsejó con un letrado y cediendo maquinalmente a su dictamen, decretó para el día siguiente la expulsión de Gómez, declarándole suspenso, en virtud del auto dictado veintidós años antes y a pesar de haber desempeñado en todo este tiempo varios empleos, entre ellos el de diputado al congreso. Para el efecto pidieron el apoyo del gobernador y le embarcaron en una goleta que se daba a la vela para Paita, con orden de no dejarse salir a tierra en ningún punto del Istmo. Conducido hasta el Perú, logró otra vez escaparse y entrando por el puerto de la Buenaventura, llegó a Bogotá y promovió acusación contra el obispo de Panamá. La Corte Suprema admitió la queja y declaró "suspenso al obispo del ejercicio público de su jurisdicción que autorizan las leyes civiles", citándole a responder y contestar los cargos que se le hacían, fundándose en una ley del mismo año sobre procedimiento en los juicios de responsabilidad contra empleados y funcionarios públicos (15 de diciembre de 1843). No bien se publicó el auto, elevó el arzobispo una bien razonada protesta contra semejante aplicación de una ley que ni por sus términos ni por su espíritu podía entenderse con los obispos, cuya jurisdicción no dimana de la autoridad civil; aplicación tan forzada que la misma Corte Suprema tuvo que acomodar la ley al caso, modificando su contexto. Luégo que se reunió el congreso en 1844 representaron a él el arzobispo y los obispos de la República, reclamando contra las providencias de la Corte Suprema y pidiendo que se aclarasen los artículos de la ley en virtud de los cuales se había suspendido al obispo de Panamá y pretendido que el cabildo eclesiástico de esta ciudad y el metropolitano proveyesen de gobernador a la diócesis. La comisión de negocios eclesiásticos redactó un proyecto explicatorio que después de largas discusiones fue aprobado por las cámaras y que objetó el poder ejecutivo, si bien sus observaciones no alcanzaron a considerarse en este año. Al siguiente pasó con algunas variaciones, y vino a ser la ley de 25 de abril sobre juicios de responsabilidad de funcionarios eclesiásticos, merced a la cual quedaron los prelados al arbitrio del gobierno civil, como no tardó en experimentarse. El arzobispo cuya protesta y representación tuvieron un efecto tan contrario a la justicia y a las esperanzas de los buenos católicos, dio cuenta de todo a la Santidad de Gregorio XVI, quien dirigió al presidente una carta autógrafa (17 de septiembre de 1845) reclamando contra las disposiciones atentatorias de esta ley, y con la cual nada se consiguió, aunque fue leída en la cámara de representantes (2).
Mientras pasaba todo esto, murió el clérigo Gómez, pero el ministerio público adelantó la acusación hasta concluírse el juicio con la absolución del obispo, dictada en primera instancia por el doctor Diego Fernando Gómez y en segunda por los doctores Manuel Antonio del Cantillo y Rufino Cuervo (18 de octubre de 1845).
Apenas se iniciaba por estos días empresa alguna útil que no solicitase el apoyo del doctor Cuervo, apenas se proponía idea generosa que él no sostuviese. Cuando en septiembre de 1845 fue establecida la caja de ahorros de la provincia de Bogotá, el gobernador le eligió por uno de los administradores, y durante algunos años desempeñó sus funciones en compañía de los beneméritos patriotas que autorizaban y fomentaban aquella obra bienhechora, con la más puntual exactitud y una benevolencia patriarcal para con los depositantes. Nunca se borrará el recuerdo de las escenas que se presenciaban los domingos, cuando los obreros y domésticos venían llenos de contento a depositar los ahorros de la semana en presencia de un secretario de Estado, un ministro de la alta corte de justicia, un director de la casa de moneda o de otras personas igualmente condecoradas que, alternando con acreditados capitalistas, ejercían gratuitamente las funciones de administradores. Estos, conocidos y respetados de todo el mundo, agasajaban a los honrados trabajadores y los alentaban a la economía, cautivándolos con delicadas atenciones y palabras bondadosas, que contadas luégo con complacencia en los modestos hogares, arrancaban a la familia la promesa de aumentar el depósito par la semana siguiente. Así, el pueblo, cercenada una parte de la ganancia hecha con el sudor de su frente, iba a confiarla a un establecimiento público dirigido por los hombres más notables del país, librando inocentemente en la honradez de éstos sus esperanzas para los días amargos de la vida. Por tan poderoso patrocinio vino a ser la caja de ahorros de Bogotá simpática aun para los más infelices jornaleros, y al fin hubiera contribuído eficazmente a formar en el pueblo hábitos de previsora economía, si los torbellinos que han desquiciado la República no la hubieran arrasado, arrebatando también el sagrado depósito que guardaba. Posteriormente se ha hablado mucho de humanidad y amor al pueblo, y el pueblo no tiene otra parte a dónde llevar el producto de su trabajo sino el garito y la taberna. . .
Uno de los primeros trabajos forenses a que se dedicó el doctor Cuervo fue la redacción de los códigos de organización judicial y procedimiento criminal, que le fue cometida por el poder ejecutivo, y que aceptó renunciando a toda remuneración (3). Una vez que terminó la obra mereció del gobierno un espléndido testimonio de aprecio. La comunicación siguiente da más clara noticia del caso que cuanto nosotros pudiéramos decir:
''República de la Nueva Granada.-Secretaría de Estado del Despacho de Gobierno. - Sección 3ª. -Bogotá, 25 de agosto de 1847.
"Al excelentísimo señor vicepresidente de la República, doctor Rufino Cuervo.
"Señor:
"El congreso nacional apropió en diversas legislaturas la suma que creyó suficiente para indemnizar a las personas que se encargasen de la redacción de proyectos de códigos legales. V. E. tomó a su cargo esta obra difícil y necesaria respecto de los de organización judicial y procedimiento criminal, y su trabajo mereció, según era de esperarse, la sanción de las cámaras, como había obtenido antes la aprobación del gobierno ejecutivo.
V. E., generoso por carácter y satisfecho con el bien que debiera reportar la República, nada ha dicho hasta hoy sobre remuneración de tan importante servicio; pero S. E. el presidente, aunque conoce que para V. E. será en todo tiempo suficiente recompensa la satisfacción de haber contribuído al bien de su país, estimó que era debida a V. E. al menos una muestra, si bien pequeña, del aprecio y de la gratitud del gobierno a los fructuosos desvelos de V. E. por la cosa pública; y con tal objeto tengo orden de S. E. el presidente para presentar a V. E., a nombre de la nación y del gobierno, la caja de oro adornada de brillantes que se hizo construir en París con este destino, la cual espera que V. E. aceptará, no bajo otro aspecto que el de la pública estimación, a que por tantos títulos es acreedor V. E.
"Con sentimientos de alta y distinguida consideración soy de V. E. muy respetuoso, humilde servidor,
Alejandro Osorio."
La rica joya a que se hace referencia aquí, y que conservamos con igual veneración que la nota copiada, tiene un decímetro de largo por seis centímetros y medio de ancho y dos de altura, y está cubierta toda de labores relevadas con primor sobre fondo mate; en la tapa hacia cada uno de los ángulos un grueso brillante; en el centro, entre las dos figuras alegóricas de la Ley y la Justicia, el escudo nacional sobre fondo de esmalte y con orla de brillantes; hacia el frente, en el borde de la misma tapa representan nuestro pabellón un rubí, un zafiro y un topacio; la parte inferior está ocupada por las iniciales R. C., de forma gótica.
Al mismo tiempo que le ocupaban estas tareas, no dejaba las de la enseñanza, como que a poco de su vuelta tornó a encargarse en la Universidad de Bogotá de las cátedras que durante su ausencia había dejado en manos del sustituto. Sus discípulos recuerdan todavía con particular agrado, aun con entusiasmo algunos, aquellas lecciones en que el profesor explicaba con sorprendente claridad y precisión las materias más abstrusas, amenizándolas con oportunas excursiones por el campo de la historia y la literatura, y empleando discretamente aquella gracia urbana que constituía el principal encanto de su trato. Esta feliz alianza le conciliaba respeto al par que cariño de parte de los jóvenes, a quienes llamaba sus amigos; y lo era de hecho, pues, no limitándose a imbuírles doctrina en el aula, fuéra de ella tenía para los estudiantes pundonorosos consejos paternales, y ellos encontraban en él no sólo sabia dirección sino también defensa y arrimo. Sucedió en cierta ocasión que uno de sus comprofesores cobró injusta ojeriza con un joven de irreprensible conducta y no común aprovechamiento, y llegado el momento de ser calificado en la materia que estudiaba con el doctor Cuervo, después de un examen en que había dejado a todos plenamente satisfechos, resulta que saca una bola negra. Al instante penetra aquél de dónde viene el golpe, y con la mayor prontitud y presencia de ánimo, dice a los examinadores: "Perdónenme ustedes, que me he equivocado", y retira la bola negra. Al mal intencionado no quedó otro recurso que morderse los labios.
A esta época corresponde el programa sinóptico de derecho internacional, redactado en cumplimiento de la disposición universitaria relativa a la formación de programas. Este, conforme su nombre lo da a entender, pone a la vista los principios de dicha facultad, ingeniosamente distribuídos, y expuestos con clara y comprensiva brevedad. Fue aprobado por la dirección de instrucción pública, así como mereció el aplauso de los entendidos, y lo merece hoy de los que lo conocen. Se han hecho de él dos ediciones. Es además importante para la biografía de su autor, porque en él se ve que enseñaba que "una prudente y amplia amnistía, observada religiosamente, es el remedio más oportuno para consolidar la paz después de los trastornos políticos"; doctrina que ya vimos aconsejó en la práctica para los dictatoriales de 1830, y a que adhería tan de corazón que cuando faltaban reproches e inculpaciones que hacer al general Herrán por el indulto de los Arboles (22 de febrero de 1840), éste mismo decía no haber tenido otra voz de aliento que la del doctor Cuervo; y doctrina, en fin, que junto con su constante espíritu de conciliación, le valió en todo tiempo la animadversión de los hombres apasionados que cifran toda la política en exterminar a los contrarios.
Comisionado por el cuerpo universitario, pronunció a principios de 1846 la oración que precedió a la colación de grados y como si anteviese los estragos que amenazaban a la juventud, se contrajo a demostrar que ningún conocimiento es útil si no tiene por guía y base la virtud. Proclamando la excelencia de la moral evangélica, que ha civilizado a Europa y América formando una sola familia de sus naciones y hecho prosperar con su influencia las ciencias y la industria, la agricultura y el arte mercantil, abomina "aquella moral egoísta y sensual que produjo la filosofía cínica del siglo anterior y que nuestro espíritu novelero y versátil acogió con interés." Señala la reforma que, gracias al celo del actual rector y empleados, ve en las costumbres "no poco estragadas antes por la circulación de doctrinas inmorales, cuya moda va pasando ya por un favor especial de la Providencia." Recomienda a los jóvenes que jamás se distraigan del estudio dedicando a la política una atención que todavía la patria no exige de ellos; y para concluir les ruega que al entrar en el torbellino del mundo conserven el desprendimiento, la lealtad y la franqueza propias de la juventud, sin dejarse corromper por el sórdido egoísmo, que bajo diferentes formas ha venido a reemplazar el espíritu público de los pueblos libres; y les da la voz de alerta contra el petulante engreimiento que suele acompañar a muchos al dejar los bancos universitarios, declarando que para los que se han dedicado al cultivo de las ciencias el estudio no debe terminar sino con la muerte.
Por junio del mismo año determinó el consejo universitario solicitar del gobierno se recopilasen todas las disposiciones vigentes sobre estudios, y que al mismo tiempo se señalasen las reformas convenientes en cada facultad. Al doctor Cuervo tocó informar sobre la enseñanza de la jurisprudencia, y lo hizo indicando los cursos que debía abrazar, las materias de cada uno y el método con que debían seguirse, agregando observaciones de un carácter general aplicables en parte a las demás facultades. Copiaremos el párrafo final de este informe que explica la justa medida en que concilia la conservación de lo existente con la introducción de mejoras: "Si naciones adelantadas en civilización, ilustradas por una larga experiencia, ricas, pobladas y unidas por un activo comercio de ideas y de intereses, luchan todavía con graves dificultades y marchan de ensayo en ensayo y de reforma en reforma para lograr un sistema perfecto de educación, ¿qué deberá decirse de una nación nueva, escasa de población, heredera de los viejos hábitos y absurdas rutinas del antiguo régimen? Persuadido constantemente el que suscribe de que para un pueblo naciente es igualmente peligroso innovarlo todo, que mantenerlo todo en una situación estacionaria, ha procurado ser circunspecto en sus ideas de reforma, tratando de introducir solamente lo que la práctica de naciones ilustradas ha consagrado definitivamente como bueno, y nuestras circunstancias hacen adaptable; respetando y conservando de las disposiciones vigentes cuanto en ellas hay de útil y conveniente."
En este mismo año fue elegido por el congreso designado para ejercer el poder ejecutivo.
(1) |
En el ejemplar nuéstro de la edición francesa de la Vida de Rufino Cuervo hay una llamada, en hoja aparte, de puño y letra de Rufino José Cuervo, que dice:"Panamá. . . Obispo, Ilmo. Sr. Dr.
D. José Higinio Duran Martel, mercenario calzado, predicador de S.
M.: nació en Lima en 11 de enero de 1760, preconizado en Roma en 18
de diciembre de 1815, y consagrado en Madrid en 4 de agosto de
1816.
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(2) |
Esta carta se halla publicada en El Catolicismo de 19 de junio de 1852. |
(3) |
Véase el número 279 de El Día, correspondiente al 5 de junio de 1845. |
