Ficha bibliográfica
Titulo: BOLETÍN CULTURAL Y BIBLIOGRÁFICO No. 13
Autores: BLAA
Edición original: Biblioteca Luis Ángel Arango 1987
Edición en la biblioteca virtual: 2006
Notas: Boletín cultural y bibliográfico No. 13
Consulte y lea en línea libros completos, textos, revistas, imágenes y páginas interactivas sobre temas relacionados con Colombia.

|
|

3. LA TORTURA


|Si el fiscal estimaba que el prisionero no había confesado lo suficiente, se le aplicaba el tormento. Como en la justicia civil, existían varios tipos de tormento: horca, garrote, caballete, garrucha y brasa; también se podía recurrir al suplicio del agua.

En Cartagena se utilizó preferentemente el potro.

Durante el tormento, el acusado, para impedir que lo siguieran atormentando, solía declararse culpable y era entonces cuando se le informaba de qué se le acusaba. Venía a continuación la lectura de cargos y la acusación formal. Si el prisionero no estaba de acuerdo, se le asignaba un abogado del Santo Oficio. Luego se publicaban las pruebas, y los calificadores pronunciaban el veredicto definitivo.

No satisfechos los inquisidores con las declaraciones obtenidas por métodos persuasivos, las brujas de Tolú fueron puestas en el potro de tortura con el fin de arrancarles la confesión de pertenecer a la secta y haber participado en los ritos y ceremonias. Algunas de ellas, las más guapas, aguantaron hasta siete vueltas de la mancuerda; otras perdieron el conocimiento, impidiendo con ello que se avanzara con el tormento; pero, de todas ellas, Ana Beltrán, vecina de Tolú, fue el verdadero chivo expiatorio; desnuda, "recibió tres vueltas y estuvo en el potro desde las ocho hasta las nueve y cuarto de la mañana del 19 de agosto de 1633. Desde ese día hubo de ser entregada al cirujano, quien informó que la reo había resultado con los huesos de la muñeca izquierda quebrados y que la mano estaba ya gangrenada, jurando en forma que a su juicio era necesario cortársela con brevedad, pues corría riesgo de la vida. Celebróse por esto junta de cirujanos; confesóse Ana y, como estaba acordado, le cortaron la mano por cuatro dedos más arriba de la muñeca y declararon que quedaba curada y cauterizada conforme al arte de la cirugía, sin demasía de efusión de sangre" |3 . Pero lo cierto fue que murió al día siguiente. A este precio salió absuelta.

|En los ritos de separación, la tortura es la forma que se utiliza para expeler la impureza. Con ella comienza el proceso de separación de la víctima del mundo ordinario.


4. CONFISCACIÓN DE LOS BIENES


Los judíos portugueses establecidos en Cartagena y perseguidos por la Inquisición se dedicaron, en un principio, al comercio de esclavos. Lograron hacer fortuna y se convirtieron, con el tiempo, en poderosos comerciantes. A mediados del Siglo XVII, los judíos portugueses dedicados al comercio contaban con una tupida red de factorías. Eran hombres acaudalados y de cierta posición social, marcados por el estigma de la circuncisión pero ignorantes y carentes de verdadera fe judaica.

Sin embargo, nada despreciables resultaban las entradas que el Tribunal del Santo Oficio recogía con motivo de la confiscación de los bienes de reos condenados, especialmente de los judíos. En Cartagena, las cajas de la Inquisición se engrosaron con los aportes de la hacienda confiscada a Francisco Gómez de León, quien había sido reconciliado por judío, los cuales ascendieron a la suma de ciento cuarenta y nueve mil pesos. Con estos fondos propios, el tribunal dispuso el mejoramiento de la capilla y de la sala de audiencias.
 

5. CONVOCACIÓN DEL AUTO DE FE
 

Aprovechando la detención de las brujas de Tolú en las cárceles secretas del Santo Oficio, los inquisidores convocan, mediante edicto público, el auto de fe celebrado el 26 de marzo de 1634, en el que se condena veintiuna brujas, dos blasfemos, un bígamo y una hechicera.

|El auto de fe constituía una ceremonia, religiosa y civil, de gran pompa, en la cual se exponían en público los prisioneros del Santo Oficio. La población era, por lo general, obligada a asistir, y la asistencia otorgaba indulgencias.

En el año 1610, en España, se da comienzo al auto de fe de Logroño con la siguiente advertencia: "Para que todos en general y en particular puedan tener noticia de las grandes maldades que se cometen en ella y les sirva de advertencia para el cuidado con que todo cristiano ha de velar sobre su casa y familia ".

Un examen minucioso del origen, edad y oficio de las víctimas del proceso de Madrid, llevado a cabo en 1680, nos permite distinguir ciertos rasgos tendenciosos. De los 116 condenados, 79 eran portugueses, 28 españoles, 3 italianos y 6 de nacionalidad indefinida. Entre los oficios predominan aquellos que tienen que ver con el comercio: hay 9 vendedores y moledores de tabaco, planta venida de América, donde tenía connotaciones mágicas y estaba asociada al curanderismo y a la brujería; 9 vendedores ambulantes y, entre los restantes, plateros, sastres, carpinteros, hilanderas, mercaderes, laborantes de seda, doradores de fuego, zapateros, especieros y otros. Es decir, artesanos en su gran mayoría y desocupados, sectores sociales populares, preteridos y temidos por las élites intelectuales y económicas, para las cuales aquellos eran depositarios de un discurso irracional y amenazante. A casi todos ellos se les condena por judaizantes, se les confiscan sus bienes y se les des tierra. Las edades van de 14 a 75 años.

En los procesos del tribunal de Cartagena, llaman la atención las acusaciones por brujería, entre las cuales se mencionan específicamente: Echar las varillas para descubrir tesoros (la moderna guaquería era perseguida como cosa del diablo); utilizar las habas para hacerse invisible; utilizar palabras sagradas para hacer amar y aborrecer; utilizar el sortilegio del cedazo; haber hecho bailar un cántaro; hacer el sortilegio de las tijeras, batea y cedazo; valerse del vaso de agua y de la clara de huevo; hacer andar el rosario; bautizar muñecas con palabras sacramentales; utilizar el cubilete de vidrio, y otros más. Los hechizos, sortilegios y conjuros utilizados por los brujos de Cartagena tenían, al parecer, dos finalidades: "Amansar o aquietar" al ser amado, al ser deseado, y "atraer, ligar o atrapar" al mismo.

A doña Lorenza de Acérelo, procesada y posteriormente absuelta por el tribunal, se le acusaba de utilizar los polvos resultantes de la trituración de calaveras, cabezas de difuntos, sesos de asno y cabezas de gato prieto. A estos polvos se añadían recortes de uñas de los pies y de las manos y los cabellos de la cabeza de la parte del cogote. Esta mezcla se tostaba y colocaba en un recipiente de plata y se echaban sobre ella, a manera de sal, unos pedazos de ara consagrada.

|Los prisioneros tenían tres posibilidades de abjuración: Abjuración de levi |o sospecha leve de herejía para los casados dos veces, rebautizados y aquellosque celebraban sin tener órdenes.

Abjuración de vehementi o |sospecha grave de herejía.

3
José Toribio Medina, Op. Cit