legislación
gremial y prácticas sociales:los artesanos de pasto (1796-1850)
maría fernanda duque
1. la legislación gremial entre finales del siglo
XVIII y los primeros decenios del siglo XIX
A finales del siglo XVIII la dinastía de los Borbón
reglamentó los gremios artesanales promulgando en el Nuevo Reino de Granada la
Instrucción general para los gremios. Con esta legislación, sancionada en
1777 por el virrey Manuel Antonio Flórez, la Corona buscaba someter al artesanado a un
eficaz control y elevar su nivel social dotándolo de un nuevo código moral, donde
primaran los valores de honorabilidad, honradez, dignidad y estima ante sí mismos y ante
la sociedad en general. Con este propósito, la Instrucción general preveía
que: Procurando los Artesanos observar este orden y método tendrán estimación con el
resto del vecindario, sin que se crea haber entre los oficios la menor diferencia [...] ni
que los profesores de uno sean menos honrados que los de otro, pues que el azero, o metal,
madera o lana, sobre el que cada uno trabaja, no debe constituirle de peor o más baja
condición, y sería error político creerlo así, y mayor el permitir zumbas, matracas o
dicterios con que unos Artesanos apodan a otros, de que redundan innumerables males
.
Alcanzada la Independencia, las autoridades criollas
quisieron implementar políticas que favorecieran la consolidación y desarrollo del nuevo
Estado nacional; sin embargo, como sucedió con otros aspectos, en lo correspondiente a
las instituciones gremiales, la legislación revistió un carácter indeciso y divagante.
La Sentencia dada en 1811 por el Serenísimo Colegio Constituyente y Electoral de
Cundinamarca, por ejemplo, no obstante, garantizar a los ciudadanos la libertad en
su agricultura, industria y comercio, sin más restricción que la de los privilegios
temporales en los nuevos inventos, o de los que sean respecto de esta provincia,
introduciendo en ella establecimientos de importancia, y de las obras de ingenio a favor
de sus autores, al mismo tiempo notificaba que vigilaría particularmente
aquellas profesiones que interesan a las costumbres públicas, a la seguridad y sanidad de
los ciudadanos, y que además Ninguna Asociación puede presentar
colectivamente solicitudes, a excepción de las que forman un cuerpo autorizado, y
únicamente para objetos propios de sus atribuciones
. De manera que durante el lustro que va de 1810
a 1815, conocido o mal conocido- como la Patria Boba, aunque los legisladores
sostuvieron un continuo ataque contra el derecho de asociación, permanentemente entraron
en discrepancias e incompatibilidades; y no podía ser de otro modo, pues tanto la
economía como las estructuras sociales propias del régimen colonial, para esa época,
sobrevivían prácticamente intactas.
Ya en el período republicano, específicamente entre
1821 y 1832, la normativa relacionada con los gremios y el derecho de asociación giró
alrededor de los principios económicos del liberalismo. En esta dirección, la Carta
Política dada por el Congreso de Cúcuta en 1821, ordenaba que Ningún género de
trabajo, de cultura, de industria o de comercio será prohibido a los ciudadanos, excepto
aquellos que ahora son necesarios para la subsistencia de la República, que se
libertarán por el Congreso cuando lo juzgue oportuno y conveniente
; mientras que la Constitución sancionada por
la Convención Constituyente en 1832, menos timorata que la anterior, al tiempo que
consagraba la libertad laboral, señalaba que No podrán por consiguiente
establecerse gremios y corporaciones de profesiones, artes u oficios que obstruyan la
libertad de ingenio, de la enseñanza y de la industria
.
Aunque la Constitución de 1832
suprimía los gremios artesanales definitivamente, no debió pasar mucho tiempo para que
los nuevos legisladores advirtieran la resistencia que sus disposiciones encontraban entre
los gobernados, o mejor, la distancia que había entre la ley y su observancia, máxime
cuando se trataba de la extinción de una de las instituciones más arraigadas entre el
artesanado. Es así como en la mayor parte del territorio granadino, luego de dictaminada
la supresión, los gremios permanecieron vigentes por muchos años más, aunque claro
está, sin que ello significara que se hubieran dejado de producir modificaciones
importantes en el sistema de significados, actitudes, valores, y formas simbólicas que,
desde los tiempos de la Colonia, dicho grupo social venía estableciendo y compartiendo
alrededor de sus instituciones gremiales.
Ahora bien, aunque el temprano interés por el desmonte
de instituciones económicas coloniales ya reflejaba el influjo del ideario liberal, ese
ideario no se haría visible y significativo sino a partir de mediados del siglo XIX,
cuando algunos sectores de la elite que consideraban necesario transformar el orden hasta
ese momento establecido, comenzaron a impulsar un proyecto modernizador que incluía
reformas profundas en varios ámbitos de la vida granadina. Con todo, dichas reformas
implicaban inusitadas dificultades, pues los integrantes de la elite política no sólo
tenían una concepción distinta frente a la manera como llevarlas a cabo, sino que
divergían en cuanto a las facultades y libertades que otorgarían a los distintos
sectores sociales. En el caso específico de quienes defendían el liberalismo (el
liberalismo económico sobre todo), la construcción del Estado moderno estribaba,
principalmente, en la inclusión de la nación dentro de la nueva división internacional
del trabajo; en la transformación y supresión de formas económicas corporativas; y en
el abandono de la barbarie condición que, a su modo de ver, iba
inherentemente ligada a los sectores iletrados y semiletrados, étnicamente heteróclitos
y aferrados a un pasado colonial dinástico- a cambio de la civilización. Es
decir, anhelaban la formación y consolidación de un individuo nuevo, diferente, el
ciudadano, hombre libre e igual, con propiedad y/o rentas, con voluntad y criterios
propios e independientes, capaz de realizar y estimular los anhelos de la vida
burguesa
.
2. la legislación gremial y los
artesanos de pasto
A tono con la Instrucción general para los
gremios, el 29 de enero de 1796 las autoridades de Pasto agruparon los gremios de
músicos, silleros, escultores, tejeros, herreros, carpinteros, alarifes, plateros,
sastres y pintores al óleo y de barniz
. Con esta normativa, además de elevar el nivel
social del artesanado, los gobernantes buscaron un estricto control tanto de la
organización y actividad interna de los gremios como de la calidad de los productos que
fabricaban, por lo que tomaron medidas relacionadas con la compra, venta, y manejo de
materiales valiosos; el traslado de los artesanos de una localidad a otra; el período
de enseñanza y aprendizaje de un arte u oficio; el tipo de vestido; la apertura
de tiendas y talleres; y la localización urbano-espacial de los talleres
artesanales, entre otras.
Así, desde la fecha misma en que entró en vigor la
Instrucción general, las autoridades pastusas comenzaron a ejercer una
cercana y constante tutela sobre aquellos que compraban, vendían o trabajaban con
materiales valiosos. En primer lugar, ningún orfebre o platero podía comprar [...]
oro o plata sin avisar a la justicia para que reconozca al vendedor y examine donde lo
ha adquirido, por los robos que se experimentan continuamente, so pena de dos patacones al
infractor, cada vez, para obras públicas
. Así mismo, obligatoriamente los artesanos
debían pagar fianzas a sus clientes mientras entregaban el trabajo completamente
terminado, pues, según las autoridades, en ocasiones huían con los materiales
encomendados para la elaboración de los artículos.
En relación con el traslado de los artesanos de una
localidad a otra, los gobernantes no sólo vigilaron a quienes por este mecanismo
intentaban encubrir algún delito, sino que trataron de evitar que artesanos de regiones
próximas se establecieran y ejercieran sus oficios sin permiso, por convertirse en una
competencia desleal para los de la zona que invadían. El teniente gobernador Barrera y
los alcaldes Tomás Delgado y Miguel Angel Zambrano, por ejemplo, ordenaban que los
forasteros se presenten al alcalde de barrio para que los aloje, y después al teniente
gobernador a dar cuenta de los motivos de su venida y de su profesión
.
Por los motivos antes señalados, sólo
los maestros mayores quedaban facultados para dirigir los gremios, poseer tiendas y
talleres, y ejercer como peritos avaluadores. Para este efecto, desde 1796 en Pasto se
anunciaba que:
Por el perjuicio que se sigue a la
causa pública de que los oficiales menestrales pongan tiendas sin noticia del Cabildo y
sin que conste la habilidad que tengan en sus oficios,
[
el Procurador general
]
nombró en estos a
maestros mayores para examinar las obras y vigilar si ponían otras fuera de las
permitidas; para que avisadas las justicias impongan pena de 4 pesos de multa aplicados a
las obras públicas. Ordena que los maestros hagan matrícula de sus oficiales y que
cuiden asistan puntualmente a su oficio, que estén aseados y en sus palabras y acciones
con la debida moderación
.
Para abrir tienda o taller independiente los artesanos
necesariamente debían cumplir con un
período de aprendizaje. Los iniciados
ingresaban al taller del maestro en calidad de aprendices y eran ascendidos a la
categoría de oficiales tras permanecer allí por un lapso de 2 a 4 años tiempo que
variaba según el gremio-
. Los aprendices
quedaban bajo el cuidado, vigilancia y corrección del maestro durante todo el período de
adiestramiento, es decir, tanto en las horas de trabajo, sujetas a la voluntad del
maestro, como en las de ocio. Precisamente, durante las horas de ocio, aunque los
aprendices quedaban en libertad, siempre debían permanecer vigilados para asegurar que
sus diversiones fueran decentes y nada perjudiciales al buen porte. De igual
manera, cuando había bailes públicos se les obligaba a asistir, advirtiendo que el
que faltare a semejantes diversiones, deberá ser anotado culpable, pues en ellas no es
donde se estragan las costumbres y sí en los parages ocultos y apartados del trato común
de las gentes
. Al respecto,
en Pasto, el procurador Ramón Tinajero manifestaba en 1779 que [...] la ociosidad y
abandono de la juventud, en que no se reconoce otro ejercicio ni aplicación que a la
embriaguez y al juego de gallos, naipes, dados, y cruces; de modo que no hay por lo
general casa alguna, donde no se vean gallos a la estaca, ni muchacho que no tenga los
instrumentos de los tres juegos, ni que reconozca facultad para comprar, mantener y
sustituir las apuestas.
Por lo que, según él, era necesario prohibir:
[...] absolutamente el juego de gallos con apercibimiento
de las penas que se juzguen bastantes a los jugadores y a los padres de familia que no
consientan la crianza de estos en sus casas... y que se mande a los alcaldes de barrio que
dentro de 15 días presenten lista de todos los muchachos de edad de 8 años para
adelante, con expresión de la calidad de la familia, para que en vista de ella, se
repartan por la justicia a carpinteros y los que sobraren se repartan entre los labradores
para hacerlos trabajar, corregirles los excesos que notaren y enseñarles los respectivos
oficios
.
Pero al parecer la situación se tornaba endémica, pues
para 1850 seguía siendo deber de la policía urbana impedir que los jóvenes se dedicaran
a los juegos de naipes en las tiendas públicas por ser ofensivos a la moral i
causar escándalo, así como imponer multa de entre ocho y diesiseis reales o
un día de arresto
a los
contraventores de la norma.
Un punto fundamental para los reformadores de los gremios
fue la edad de iniciación en el aprendizaje de los oficios. Según ellos, se debía
comenzar desde muy temprano para que el temple y la disciplina del muchacho fueran
moldeándose a la medida de una sociedad trabajadora y alejada de la inmoral vida del
juego. En este sentido, las autoridades pastusas insistían en que los mayores de 12
años para arriba, comparezcan dentro de 10 días a patentizar de qué viven, para
dedicarlos al oficio que se inclinen
. En opinión del historiador Sergio Guerra
Vilaboy
, la categoría
social de los oficios artesanales estaba directamente relacionada con el tipo étnico de
quienes los ejercían y con el sector al que suministraban los productos. En el caso de
Pasto, sin embargo, es muy difícil establecer que así hubiera sido; lo que se puede
afirmar con certeza es que, como expresaba el procurador Tinajero, al menos durante la
Colonia los aprendices se iniciaban en los oficios dependiendo de la calidad de la
familia a la que pertenecían. En el cuadro que aparece a continuación se pueden
distinguir los gremios artesanales que existían en la ciudad para mediados del siglo XIX
y la edad de iniciación de los aprendices en los distintos oficios.
Cuadro 1
Edades de artesanos agremiados de
Pasto (1851)
|
Gremios
|
Edad
|
|
|
8-10
|
11-15
|
16-20
|
21-30
|
31-40
|
41-50
|
51-60
|
61 y m
ás
|
TOTAL
|
|
Sastres
|
-
|
18
|
30
|
38
|
25
|
14
|
4
|
-
|
129
|
|
Carpinteros
|
-
|
29
|
32
|
34
|
11
|
6
|
3
|
2
|
117
|
|
Herreros
|
1
|
14
|
23
|
21
|
5
|
2
|
-
|
4
|
70
|
|
Pintores
|
1
|
2
|
8
|
15
|
10
|
8
|
4
|
2
|
50
|
|
Sombrereros
|
2
|
1
|
-
|
6
|
6
|
3
|
2
|
1
|
21
|
|
Músicos
|
-
|
1
|
2
|
3
|
2
|
3
|
1
|
1
|
13
|
|
Plateros
|
2
|
4
|
8
|
12
|
7
|
4
|
-
|
-
|
37
|
|
TOTAL
|
6
|
69
|
103
|
129
|
66
|
40
|
14
|
10
|
437
|
Fuente: A.H.P., Libros capitulares
de Pasto, Cabildo de Pasto, Sección República, Caja 27, Libro 1851, Tomo 2, Folios
1-137.
Como
se observa, los aprendices comenzaban su instrucción entre los 8 y los 15 años, aunque
más frecuentemente entre los 11 y los 15. Además, la mayor parte de los oficiantes
oscilaba entre los 11 y los 30 años, seguidos por el grupo de quienes tenían entre 31 y
40 años, lo que significa que para 1851 la población de artesanos agremiados se ubicaba
mayoritariamente entre los 11 y los 40 años, mientras que a medida que superaban esa
edad, descendía la dedicación a una labor artesanal.
Ahora bien, un aspecto significativo de la formación de
los aprendices fue la distinción que otorgaba el vestido. En Pasto, se les exigía
puntual asistencia, aseo, moderación en sus palabras y acciones, y por sobre todo,
no llevar ruana
, puesto que, de
conformidad con la Instrucción general, esta cubría lo superior del
cuerpo y nada le importa al que se tapa ir aseado, o sucio en el interior. En
cambio, se les ordenaba que vistieran de ropas cortas como sayos, aguainas o
casacas, sin permitirles tampoco capas
.
Para 1850, sin embargo, cuando el retratista de la
Comisión Corográfica Manuel María Paz dibujó algunos artesanos pastusos en su taller,
el aprendiz llevaba ruana y sombrero, lo que indica que, o bien el prevaleciente rigor
climático de la ciudad impedía la aplicación de la norma, o que las disposiciones de
1832 referidas a la supresión de los gremios ya preludiaban transformaciones en este
aspecto. De ser así, es claro que la marcada diferenciación indumentaria entre maestros,
oficiales y aprendices, que durante la Colonia y parte de la república había obedecido
exclusivamente a intereses particulares de la estratificación gremial, para mediados del
siglo XIX comenzaba a carecer de sentido, a caer en desuso y, por lo tanto, a entrar en
paulatina desaparición. Sea como fuere, lo cierto es que para mediados de ese siglo el
tipo de vestido, más que una distinción exclusiva del rango artesanal, se perfilaba ya
como un elemento diferenciador entre los sectores populares y los sectores de la elite. No
es casual que por esos días en muchos lugares de la República comenzaran a retumbar los
gritos de abajo las casacas y arriba las ruanas, o que en Pasto el periódico Las
Máscaras, de marcada tendencia liberal y órgano de la Nueva Sociedad Democrática
de Pasto
, señalara
enfáticamente que a ningún ciudadano honrado desechamos, pero tampoco fraguamos
chistes, ni enredos, ni limpiamos el zapato, ni acepillamos la casaca de nadie para que se
enrole con nuestro partido
.
Durante la Colonia, el tránsito de aprendiz a oficial
fue relativamente más fácil que el de oficial a maestro mayor. En este último caso, la
diferencia radicaba básicamente en que el examen y los requisitos económicos
exigidos a los oficiales para ascender al siguiente escaño dentro de la estratificación
gremial, hacían casi inaccesible dicha categoría. Así, por ejemplo, para el examen de
los oficiales, la Instrucción general estipulaba como necesario: a) haber
cumplido exactamente el tiempo de aprendizaje u oficialía; b) estar preparados para el
examen; y c) no haber faltado en nada a las obligaciones estipuladas en el contrato de
aprendizaje
.
En la parte económica, era preciso que pagaran cuotas al
cuerpo examinador, constituido por un veedor, un tesorero-fiscal del gremio, un juez y un
escribano
. Consciente de
la precariedad que regularmente padecían los oficiales a la hora de solventar los gastos
para el examen, el virrey Manuel Antonio Flórez estableció que cada uno tuviera
una cuota fixa que mensual o anualmente se le desquite el máximo del mismo salario
que han de darle
; pero aún
así, los oficiales pocas veces lograban ascender al grado de maestro mayor, quedando por
lo tanto limitados para abrir tiendas y talleres independientes. Lo anterior, al parecer,
incidió en la supresión de los gremios, pues tanto los constitucionalistas de 1821 como
los de 1832 consideraban las restricciones de ascenso como limitantes del desarrollo de la
técnica y la industria. No obstante, en Pasto estas reformas encontraron
bastante resistencia
, toda vez que,
como se ha visto, para mediados del siglo XIX no sólo buena parte de los gremios
reglamentados a finales de la centuria anterior continuaban vigentes, sino que seguían
nombrando maestros mayores para cada uno de ellos. En el siguiente cuadro se pueden
observar los gremios que existían en la ciudad a mediados del siglo XIX, así como los
nombres de los maestros mayores encargados de cada uno.
Cuadro 2
Gremios de Pasto y maestros mayores
para los años de 1849 - 1851
Gremios
|
Maestros mayores
|
|
|
1849
|
1850
|
1851
|
|
Plateros
|
Jesús Plácido Eraso
|
------
|
------
|
|
Sastres
|
Manuel Figueroa
|
Manuel Esparza
|
------
|
|
Carpinteros
|
Melchor Sevilla
|
------
|
------
|
|
Músicos
|
Juan Hidalgo
|
Rafael Jiménez
|
------
|
|
Herreros
|
Luis Rodríguez
|
Ramón Eraso
|
------
|
|
Pintores óleo y barniz
|
-------
|
Crisanto Granja
|
------
|
|
Sombrereros
|
Joaquín Guerrero
|
Tomas Trejo
|
Tomas Trejo
|
|
Carpinteros
|
Antonio Salem
|
------
|
Antonio Salem
|
Antes de la instrucción general el
nombramiento de maestros mayores y celadores de cada gremio estuvo a cargo de los maestros
reunidos en junta gremial, pero después de este período la designación recayó sobre
las autoridades del Cabildo de cada localidad. Posteriormente, según las normas
estipuladas por el oidor Mon y Valverde, las elecciones combinaron los dos sistemas antes
mencionados; es decir, los maestros reunidos en junta gremial elegían a los maestros de
cada gremio y luego el cabildo confirmaba dicho nombramiento
. Según esta
misma disposición, las elecciones se realizaban el primero de enero de cada año,
costumbre que para 1849 continuaba igual, aunque con la ligera diferencia de que los
artesanos electos no se posesionaban estrictamente el primero de ese mes sino unos días
después. De igual manera, la posesión de los maestros mayores siguió realizándose ante
el alcalde parroquial de la localidad y, en ningún caso, esta condición estuvo
supeditada a la tenencia de tienda o taller. A manera de ilustración, veamos la forma
como se llevó a cabo la elección del maestro mayor del gremio de platería ante el
alcalde parroquial de Pasto en el año 1849:
Se reunieron los maestros de platería de esta ciudad con
el objeto de renovar al maestro mayor de este gremio, y verificada la oración por ocho
vocales, resultó el señor Placido Eraso con seis votos y tres por el señor Alejandro
Medina. Por tanto fue declarado legalmente electo, y se le recivió el juramento de
estilo, vajo del cual prometió cumplir fielmente con los deberes de su ministerio, y en
seguida nombró para sus celadores a los maestros Ramón España y Miguel Rendón quienes
presentaron también el juramento respectibo
.
Por el contrario, desde el punto de vista electoral, la
tenencia de tienda o taller abierto sí constituía una ventaja para los
artesanos, pues les daba derecho a votar en calidad de sufragantes. Según la
Constitución de Cúcuta, para alcanzar la condición de sufragante parroquial era
requisito poseer una propiedad raíz que alcanzara el valor libre de 100
pesos, o en su defecto, ejercer algún oficio, profesión, comercio o industria
útil, con casa o taller abierto, sin dependencia de otro en clase de jornalero o
sirviente
. A
continuación se puede observar el número de tiendas de los artesanos de Pasto para 1851.
Cuadro 3
Tiendas correspondientes a artesanos
y artesanas de Pasto (1851)
|
Oficios masculinos
|
Número de tiendas
|
Oficios femeninos
|
Número de tiendas
|
|
Sastre
|
9
|
Hilandera
|
34
|
|
Herrero
|
7
|
Puntgera
|
5
|
|
Carpintero
|
8
|
Costurera
|
38
|
|
Sombrerero
|
5
|
Tejedora
|
32
|
|
Zapatero
|
4
|
Pulpera
|
8
|
|
Rosariero
|
2
|
Ruanera
|
9
|
|
Platero
|
4
|
Panadera
|
4
|
|
Músico
|
2
|
Tintorera
|
1
|
|
Pintor
|
6
|
|
|
|
Total
|
47
|
|
131
|
Fuente: A.H.P., Libros capitulares
de Pasto, Cabildo de Pasto, Sección República, Caja 27, Libro 1851, Tomo 2, Folios 1 -
137.
Las cifras revelan que entre los artesanos los sastres
tenían mayor actividad comercial, seguidos por carpinteros y herreros, respectivamente;
entre las artesanas sobresalían las costureras
, hilanderas y tejedoras. Lamentablemente estos
datos no permiten establecer el incremento o disminución de tiendas y talleres
artesanales, lo que, a su vez, impide saber si la supresión gremial de 1832 coadyuvó o
no a que indistintamente cada vez más artesanos abrieran tiendas y talleres para laborar
como trabajadores independientes. Sin embargo, al comparar los nombres de los sufragantes
parroquiales (correspondientes a la mesa electoral No. 2) con aquellos que aparecen en el
censo de 1851, se observa que a mediados del siglo XIX la participación del artesanado de
Pasto en los comicios electorales era considerable.
Cuadro 4
Participación electoral de los
artesanos durante los años de 1851 y 1852
|
Sufragante parroquial
|
Oficio artesanal
|
1851
|
1852
|
|
Pedro Coronado
|
Zapatero
|
3
|
3
|
|
Manuel López
|
Sombrerero/sastre
|
3
|
|
|
Joaquín Guerrero
|
Sombrerero
|
3
|
|
|
Rafael Jiménez
|
Sastre/músico
|
3
|
|
|
José Eraso
|
Sastre
|
3
|
|
|
José Tapia
|
Sastre
|
3
|
|
|
Manuel Benavides
|
Sastre
|
3
|
3
|
|
Manuel Delgado
|
Sastre
|
|
3
|
|
Manuel Esparza
|
Sastre
|
|
3
|
|
Manuel Rivera
|
Sastre
|
|
3
|
|
Rafael Hidalgo
|
Sastre
|
3
|
3
|
|
Ramón Delgado
|
Sastre
|
|
3
|
|
Ramón Salcedo
|
Sastre
|
|
3
|
|
Tomas Mesías
|
Sastre
|
|
3
|
|
Manuel Enríquez
|
Rosariero
|
|
3
|
|
Placido Erazo
|
Platero
|
|
3
|
|
Manuel Rosero (*)
|
Pintor de barniz/músico/carpintero
|
3
|
3
|
|
Rafael Paz
|
Pintor de barniz
|
3
|
3
|
|
Rafael Pérez
|
Pintor de barniz
|
3
|
3
|
|
Javier Rosero
|
Pintor
|
3
|
|
|
Ramón Rosero
|
Pintor
|
3
|
|
|
Ramón Ortega
|
Músico
|
|
3
|
|
Miguel Enríquez (*)
|
Herrero/pulpero/escribiente
|
|
3
|
|
José Muñoz
|
Herrero/carpintero
|
3
|
|
|
José María Hernández
|
Herrero
|
3
|
|
|
Juan Muñoz
|
Herrero
|
3
|
|
|
Manuel Ordóñez
|
Herrero
|
3
|
|
|
Pedro Laso
|
Herrero
|
3
|
3
|
|
Rafael Espada
|
Herrero
|
3
|
3
|
|
Ramón Eraso
|
Herrero
|
|
3
|
|
Manuel Mesías
|
Carpintero
|
3
|
3
|
|
Manuel Morales
|
Carpintero
|
3
|
3
|
|
Manuel Zambrano
|
Carpintero
|
3
|
3
|
|
Mariano Sevilla
|
Carpintero
|
|
3
|
|
Pedro Guerrero
|
Carpintero
|
3
|
3
|
|
Rafael Burbano
|
Carpintero
|
|
3
|
|
Rafael Mata
|
Carpintero
|
|
3
|
|
Pastor Enríquez
|
Artesano
|
3
|
3
|
|
Simón Hidalgo
|
Artesano
|
|
3
|
|
José Flórez
|
Alpargatero/carpintero
|
3
|
|
|
Javier Narváez
|
Alpalgatero
|
3
|
|
|
Matías Zúñiga
|
Albañil
|
3
|
|
Fuente: A.H.P., Libros capitulares
de Pasto, Cabildo de Pasto, Sección República, Caja 28, Libro 1852, Tomo 3, Folios 2-41;
Libros capitulares de Pasto, Cabildo de Pasto, Sección República, Caja 27, Libro 1851,
Tomo 19, Folios 181-202a; Libros capitulares de Pasto, Cabildo de Pasto, Sección
República, Caja 27, Libro 1851, Tomo 2, Folios 1-137.
(*) Homónimo. En este caso, puede
ser que el sufragante ejerciera cualquiera de los oficios que aparecen en la columna de
oficio artesanal.
Sobre la base de las fuentes
consultadas se encontró que durante los años en cuestión, de los 71 sufragantes
parroquiales que en total se presentaron a la mesa No. 2, la cifra de artesanos
(sufragantes) varió muy poco: en el año 1851 participaron 27 artesanos, mientras que en
el año 1852 participaron 28. De cualquier manera, estos datos deben considerarse como
aproximaciones, pues es de todos conocido que los censos del siglo XIX presentan muchas
inconsistencias y dificultades; en este caso, por ejemplo, en ocasiones los nombres de los
sufragantes aparecen incompletos, no aparecen en el censo de población o existen
homónimos, lo que impide establecer con exactitud el grado de participación electoral
del artesanado para esa época.
Ahora bien, otro aspecto relevante de la
Instrucción general fue la ubicación urbano-espacial de los artesanos
y la manera como se agrupaban para desarrollar su trabajo. En cuanto a lo
primero, durante el período colonial los gremios de algunas ciudades habían acaparado
zonas específicas donde se localizaban exclusivamente aquellos que ejercían determinados
oficios; sin embargo, la reglamentación era muy clara al respecto: se prohíbe la
demarcación de cierta calle o terreno para cada oficio o Arte
, lo cual
explica por qué para mediados del siglo XIX los artesanos pastusos se encontraban
dispersos por toda la ciudad
. En cuanto a lo
segundo, los artesanos de las ciudades trabajaban en grupos menores y pocas veces unidos
por el parentesco, a diferencia de aquellos que se ubicaron en las zonas circundantes,
donde las labores del tejido que involucraba personas encargadas de tisar, hilar y
teñir la lana- unían a una o varias familias bajo el mismo techo. En lo que corresponde
a los artesanos de la ciudad, dicha situación hundía sus raíces en el vínculo
contractual previamente establecido entre los padres del aspirante a aprendiz y el maestro
mayor. Según el acuerdo, el maestro se comprometía a instruir al muchacho en los
secretos del oficio, a darle cama, vestuario, alimentación y, en caso necesario, a
castigarlo como si fuera su propio hijo
. De modo que maestros, oficiales y aprendices,
la mayoría de veces, vivieron juntos en la misma casa o taller, generándose una
relación de orden moral y laboral en la que el maestro, en condición de tutor, velaba
por la educación integral de sus alumnos.
3. las celebraciones religiosas y el
artesanado de pasto
Como parte del proceso colonizador, el imperio español,
en ese entonces adalid del catolicismo, introdujo en sus dominios una nueva forma de vida
basada en principios hispano-cristianos. Esta concepción de la vida encontró su máxima
expresión en prácticas y celebraciones litúrgicas que fueron puestas de manifiesto a
través de misas de acción de gracias, luminarias, tedeum solemnes, procesiones,
etc., actos que, por lo demás, se realizaban con gran regocijo y simulando dolor. En lo
correspondiente a los artesanos, las prácticas religiosas ocuparon un lugar
preponderante, al punto que tal vez en grado mayor que otros sectores populares-
tuvieron sus propios santos, celebraciones y cofradías. Los santos patronos de los
artesanos variaban de acuerdo con el gremio y, en ocasiones, con la provincia; así, por
ejemplo, mientras que en Pasto los carpinteros y los músicos se acogían a la tutela de
san José obrero y santa Cecilia respectivamente
, los del gremio de carpintería en Santafé se
adscribían a los santos Paulino y Cícero
.
Cada asociación gremial estaba en la
obligación de hacer una fiesta en honor a su santo, pero en el afán por alcanzar
prestigio a menudo los gremios rivalizaban entre sí con ostentosas celebraciones que
traían nefastas consecuencias para sus finanzas, a lo que se sumaba que las fiestas iban
incluidas dentro del calendario laboral del año, lesionando aun más sus ya precarias
economías. Como una manera de paliar estos efectos, para 1776 el oidor Mon y Valverde
uno de los funcionarios españoles más cercanos a los reformadores de los gremios
granadinos- dispuso lo siguiente:
Si estos gremios quisiesen elegir un santo para su
patrono, podrán ejecutarlo, pero con la calidad que no se haya de hacer más fiesta que
la misa cantada sin pólvora, almuerzos ni otras francachelas, asistiendo todos a la
iglesia con su protector, pues de este modo se satisface a la devoción, se evitan gastos
y distracciones y cesa el motivo de competencias que suele ser el mayor impulso para
agotar los caudales con el falso velo de la religión
.
De
tal manera, el consorcio trabajo-religión constituía una de las tantas manifestaciones
que hacían explícita la íntima relación entre los artesanos y la Iglesia católica,
mientras que el nexo de los artesanos con sus santos patronos actuaba como elemento
cohesionador del gremio, pues fortalecía entre los asociados los lazos de hermandad y
fraternidad, aunque, claro está, sin que tales lazos impidieran su interacción con otros
sectores sociales populares.
En Pasto, las celebraciones religiosas
más sobresalientes fueron las de Navidad, Purificación de Nuestra Señora y Juan
Bautista, pero sin duda la de mayor solemnidad era la del Corpus Christi, popular
en el Nuevo Reino de Granada desde la segunda mitad del siglo XVI. En esta fiesta cada
estamento social ocupaba un lugar previamente establecido. Para 1582, las autoridades del
Cabildo de Pasto señalaban que el orden a seguir en la procesión del Corpus
debía ser el siguiente: [...] en primer lugar salen los zapateros, herreros,
sastres, carpinteros con sendos pendones; luego monaguillos y ciriales, posteriormente el
Alférez de la Ciudad con Estandarte Real en medio de arcabuceros y la bandera de campo.
En seguida «el Santísimo
»
, cuyas varas las
sostienen únicamente los regidores; a su lado marchan los hombres «de calidad
»
con el resto del
Cabildo y las mujeres «hijasdalgo
»
.
En consecuencia, durante la Colonia el ceremonial no era
sólo una manifestación religiosa en la que la sociedad en pleno se reunía para declarar
su devoción cristiana, sino el espacio político donde se hacía evidente lo que el
sociólogo Max Weber ha denominado orden social
: mientras que
los altos dignatarios civiles y eclesiásticos exaltaban su prurito de hidalguía y
pureza de sangre como bastión de autoridad y dominio, el artesanado hacía
gala de su honor participando en las procesiones. Así mismo, el ordenamiento
dentro de la procesión confirma la frecuencia con que los artesanos granadinos en
especial los de Pasto- asumieron costumbres presentes entre sus congéneres de los gremios
españoles; en las fiestas de Barcelona, por ejemplo, el ceremonial tenía cierta
fijeza y cada persona conocía de antemano el lugar que le correspondía. En las
solemnidades extraordinarias, surgían no pocas veces discusiones y altercados por
cuestiones de precedencia. En estas ocasiones, los gremios portaban banderas con sus
insignias respectivas. El ser abanderado en las procesiones era considerado como un
honor
.
Empero, con el paso de la Colonia a la República, esta
celebración religiosa presentó cambios que anunciaban un lento proceso de
secularización. En la nueva etapa se permitían actitudes menos rígidas y las posiciones
en el espacio de la procesión no parecían estar sujetas a ninguna normatividad; por lo
menos eso sugiere el comentario que hiciera Juan-Bautista Boussingault, viajero francés
que arribó a Pasto en 1839: La primera ceremonia que presencié fue la Octava del
Corpus: altares arreglados en las calles, tropas bajo las armas, indios disfrazados de
marqueses del antiguo régimen danzando cadenciosamente delante de la procesión y casi
todos borrachos [...]
. Pero al
parecer las escenas descritas por Boussingault se repetían sucesivamente, pues para
mediados de siglo, los miembros del cabildo parroquial insistían en que las fiestas del
Corpus debían hacerce con toda la desencia correspondiente por ser en honor de la
Majestad Divina
; así mismo,
con respecto a los altares, el cabildo parroquial se reunía para decidir quiénes y
dónde los ubicarían. Veamos a continuación los lugares que correspondieron a los
artesanos para la fiesta de 1849:
El cabildo Parroquial de Pasto, [considerando] que hasido
una costumbre inveterada invitar a los señores comerciantes, agrícolas i artesanos a la
formación de ocho altares en la circunferencia de esta plaza mayor el dia jueves de
Corpus i en su octaba, [...] ha venido en nombrar y distribuir dichas personas i lugares
en que deben hacerse los altares del modo siguiente: 4a.En el balcón dela Casa de los
Señores Santacruzes lo formarán el gremio de plateros i sastres con todos los
sacristanes de las Yglesias, haciendo Cabeza los maestros mayores y sacristanes de la
Matris. 6a.En el balcón de la casa del señor José Manuel Astorquiza lo formarán los
gremios de Carpintería, [ilegible] i talabartería, haciendo cabeza sus respectivos
maestros mayores. 8aEn el frente de la tienda del maestro Simón los formarán los gremios
de herrería, pintores al oleo i de barnis, rosarieros i sapateros, haciendo cabeza el
maestro mayor de sapatería y herrería
.
Así que, siguiendo la costumbre, los
artesanos continuaban participando activamente en esta celebración: arreglaban los
altares, organizaban el certamen y abonaban los dineros necesarios para el
culto. Durante el año de 1849, esos dineros fueron recolectados entre los gremios de
platería, sastrería, carpintería y talabartería, sin embargo, algunos de sus asociados
se negaban a cancelar la cuota respectiva. Al respecto, uno de los artesanos encargados de
recoger los dineros informaba al alcalde parroquial lo siguiente:
Señor en virtud de la comunicación que U. me remitió
con fecha del corriente en que me dice, que quedo comicionado para que con mi gremio de
sastrería reunido con el de Platería devo hacer un altar para servicio de la Magestad el
dia del Corpus y su octava, digo a U. lo siguiente: haviendo recorrido las oficinas de mi
gremio para la trivusion de los costos de dicho altar, he hido principalmente donde el
maestro Manuel Esparza donde pense sacar mas recursos, por ser la oficina mas acreditada,
por que es notorio estan recopilados todos los oficiales de este gremio, el cual señor me
contestó que él no da nada mas que diez reales por toda su oficialidad. El maestro
Francisco después de haberme comunicado que tenia siete oficiales me dice que no da mas
que cuatro reales, por él y dos oficiales: y al tenor los demás maestros; y como con
esta pequeña contrivucion aunque es probable que alcance para los costos necesarios de la
formación de dicho altar
.
Así mismo, el maestro Melchor Sevilla
denunciaba ante el alcalde parroquial, que:
seme ase preciso informarle que como los maestros de
carpintería no quieren contribuir con la portada que seles aimpuesto. a que estan
obligados según la costumbre anterior y que nos obliga a dar el mas exacto cumplimiento
en un deber tan ymportante a que nos obliga, y nos ase responsables a los maestros mayores
y al allarme con esta orden que me a espedido aga cumplir lo mandado en esta comicion
dando el mas exacto cumplimiento, y como los hombres de este cantón, se burlan de las
Ordenes, y espiden, palabras cinsecorosas, que no estan en la orden, y para yo dar
cumplimiento alo mandado pido y suplico aga obedecer lo mandado; [...] por lo que suplico
a U. y a la atención suya y en mérito justo me aga pagar a todos los que comprenden en
esta lista
.
En casos como los descritos, el presidente del cabildo
parroquial sancionaba con multa o con varios días de trabajo en los puentes o en el
panteón a quienes se negaban a pagar
. Sin embargo, lo más importante aquí es que
como se pudo observar en el cuadro sobre el número de tiendas a excepción de los
talabarteros-, sastres, plateros y carpinteros eran quienes tenían mayor actividad
comercial entre los gremios, y en consecuencia, más allá de la simple negativa a pagar,
o la falta de capacidad económica para cancelar las cuotas, podría pensarse que en el
caldeado ambiente de esos años, por divergencias políticas, algunos artesanos se
opusieron a la autoridad local.
Entre los pastusos las fiestas religiosas constituyeron
el garante para contrarrestar fenómenos naturales como sequías, erupciones volcánicas y
plagas de langostas
. A mediados del
siglo XIX, una de esas fiestas era la del santo patrono Juan Bautista, protector de
la ciudad en casos de intenso conflicto. Esta celebración, que se llevaba a cabo
los días 26, 27 y 28 de junio, comenzaba con la aglomeración de feligreses a las afueras
del cabildo, donde se disponía desde la víspera una galería con estandartes: uno,
para el Santo patrono, adornado con velas y demás enseres necesarios para el
culto, y otro, para la exhibición de armas de la república
. Sobre las
fiestas provinciales de los santos patronos, Salvador Camacho Roldán nos ha legado en sus
Memorias un estupendo relato que muestra la manera como se desarrollaban a mediados
del siglo XIX:
Entre las diversiones populares figuraban en primera
línea las fiestas que anualmente se celebraban en todos los pueblos en recuerdo del Santo
Patrón. No se reducía esa celebración a fiesta religiosa. [...] Empezaba con vísperas
de juegos artificiales, y después de la ceremonia o procesión religiosa, seguían
animados encierros, preliminar de las corridas de toros en la plaza pública, en los que
tomaba parte toda la población. Estas fiestas duraban ordinariamente tres días, con no
poca frecuencia ocho. Mesas de juego de lotería, cachimona, primera, veintiuna, etc.
juegos de bolo se establecían a las afueras de las poblaciones, acompañados de toldos en
que se ofrecía guarruz, masato colaciones diversas y también bebidas menos inofensivas
.
Con ocasión de los gastos y
desórdenes que generaban las celebraciones tanto de los santos patronos provinciales como
las de los gremios de artesanos, desde los primeros decenios del siglo XIX las autoridades
nacionales, al igual que sus predecesores, repudiaron las consecuencias de dichas
prácticas. En 1834, por ejemplo, el Presidente de la República, José Ignacio de
Márquez, decía:
El segundo obstáculo de la agricultura son los días
festivos. En ellos el miserable trabajador se ve privado del producto del trabajo, y, por
consiguiente, de lo necesario para existir. Es indecible lo que dejó de producirse para
cada individuo de la sociedad en aquellos días, los cuales se multiplicaron demasiado,
como si Dios y sus santos se honrasen y complaciesen con la ociosidad. Debería tratarse,
pues, de acuerdo con la santa sede, de que disminuyeran, quedando reducidos a los domingos
y muy pocas fiestas principales; con lo cual ganaría también mucho la moral pública,
porque desgraciadamente en aquellos días, se tributan mas bien homenajes al vicio, en vez
de rendir un culto puro a la Divinidad
.
Debido a lo anterior, con el decreto del 30 de marzo de
1835, el gobierno dio vía libre al Breve Apostólico expedido por el papa Gregorio
XVI, en el que la autoridad eclesiástica consideraba necesario reducir el número
de celebraciones religiosas, ya que en las ciudades i demás poblaciones, en
donde los ciudadanos están dedicados al comercio i a las artes, la demasiada frecuencia
de fiestas envilece el celo de la religión, el ocio los halaga i se entregan a juegos,
contiendas, embriagueces i liviandades de tal suerte que son pocos los que emplean los
días de fiesta según el precepto eclesiástico
.
4. las fiestas civiles y el
artesanado de pasto
A diferencia de los ceremoniales
político-religiosos de la Colonia, en los que Iglesia y Estado disputaban el escenario de
figuración y donde los elementos simbólicos declaraban el poder de la entidad
monárquica, las fiestas civiles del período republicano connotaron el incipiente
deslinde entre lo civil y lo eclesiástico, entre el Imperio y la República; ahora, el
nuevo sistema de símbolos reafirmaba el triunfo revolucionario, el culto a los héroes,
el sentido de pertenencia a la patria. De manera que, en contraste con el aspecto
religioso, las fiestas civiles aludían a un vínculo mucho más secular entre la elite y
los sectores populares, particularmente entre la elite y los artesanos, como se verá más
adelante.
Hacia mediados del siglo XIX surgieron
en casi todas las provincias del territorio granadino las fiestas republicanas, las cuales
se realizaban no sólo en homenaje a la memoria de los héroes de la Independencia sino
con el propósito de que las clases laboriosas tuvieran un espacio para
exhibir sus producciones. En 1849, precisamente, el gobernador de Pasto
expresaba a los diputados provinciales que era:
indispensable el establecimiento de una feria anual en la
provincia, pues siendo los pueblos de esta eminentemente productores debe
proporcionárseles los medios más eficacez para el cambio i venta de sus productos
industriales. Encarezco pues el que se espida una ordenanza sobre tal objeto, teniendo en
concideración que la situación actual local de los pueblos de la provincia requiere, que
el lugar destinado para la feria sea el distrito parroquial cabezera del Cantón, i que
ella se celebre en los tres días de fiestas nacionales
.
Efectivamente, a partir de ese año se reglamentó y dio
inicio en la ciudad de Pasto a la feria anual celebrada los días 20, 21 y 22 de julio con
el fin de conmemorar las fiestas nacionales y conceder premios a los habitantes que, en
obsequio de la Moral y de la industria del país
, exhibieran sus
artefactos e invenciones. La disposición expedida para este efecto señalaba:
ART. 2 El gobernador de la provincia invitará algunos
meses antes del 20 de julio a los agricultores, artesanos, profesores i discípulos de
artes i oficios, para que en aquellos días presenten las obras de su injenio e industria,
los adelantamientos que hayan hecho en su profesión, las mejoras útiles que hayan
introducido i el derecho que tengan al premio de la opinión publica i al que se hubiere
acordado para recompensarlos
.
El lenguaje de la ordenanza esta cargado de significados:
en ella se menciona la inclusión de emblemas con el fin de crear identidad y sentido de
pertenencia a la patria; así, por ejemplo, se estipulaba que en el sitio de la
exposición debe colocarse una inscripción que diga: Tributo de la libertad ofrenda de
los mártires de la independencia granadina. ¡Viva el 20 de julio de 1810! ¡Viva la
República a cuya sombra progresa la Moral i la industria de los habitantes de
Pasto!
.
En esta fiesta la participación de los asociados era
total, bien exhibiendo sus artefactos e invenciones, bien manifestando su inclinación por
determinado trabajo, lo que constituía en sí mismo la apropiación y exaltación de
sentimientos patrióticos, libertarios y filantrópicos: todos los habitantes
tendrán derecho a declarar ante el jurado las acciones virtuosas y de filantropía de que
tenga conocimiento i hubieren estado ocultas, o que de cualquier modo recomienden a las
personas que las hayan ejecutado. El gobernador de la provincia dispondrá que
los regocijos públicos sean honestos i dignos de un pueblo libre, cuyo destino en ellos
es honrar la memoria de los mártires de la independencia granadina
.
Las fiestas republicanas, entonces, comenzaron a
reemplazar el sentido de las otrora fiestas político-religiosas de la Colonia, o como
dijera Germán Colmenares, al regocijo fingido de la jura del rey se contraponía el
regocijo auténtico, la fiesta revolucionaria
. Así mismo, es
posible advertir que el lenguaje de la época estaba completamente permeado por el ideal
liberal decimonónico, y en ese sentido, al espíritu patriótico se mezclaban los
presupuestos de libertad, igualdad y fraternidad, propios del liberalismo de un sector de
la elite de mediados del siglo XIX, y tan en boga entre las Sociedades Democráticas a las
que influenció significativamente. Finalmente, en tanto que la celebración pretendía
exaltar la laboriosidad de los artesanos, hasta cierto punto parece plausible que el
espíritu ilustrado de las reformas introducidas por la Instrucción
general, a mediados de la centuria decimonónica seguía conservando el ímpetu de
aquellos tiempos en que fue promulgada, con la diferencia de que ahora ese
espíritu se conjugaba con el ideal liberal moderno que buscaba consolidar un
individuo nuevo, ciudadano, hombre libre, con voluntad y criterios independientes, capaz
de realizar y estimular los anhelos de la vida burguesa.
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