Privilegio

“Convenía que desde su Conquista o pacificación se hubiera tratado de uniformar las costumbres de los indios con las de sus nuevos dueños: que se les hubieran concedido los mismos privilegios y que se hubiera establecido entre ellos la distinción de rangos guardada entre los españoles; pero se ejecutó todo lo contrario. El español, aunque sea de la hez del pueblo, se presenta en nuestro suelo como señor, abandona el oficio que tuvo en la Europa, mira con desprecio aun a los hijos de sus paisanos, y no quiere que se le corrija. Este desorden ha dado motivo a la antipatía entre españoles y criollos, que con el tiempo no puede menos que ser funesta a la tranquilidad de unos vasallos que siguen unas mismas banderas: aun en los pleitos que ruedan en los tribunales, se exordian los circuitos anunciando que son naturales del Reino de Galicia, o de otro de nuestra Metrópoli, para prevenir a los jueces y recordarles mudamente la protección que exigen sobre los oriundos en las Indias”.

Ignacio de Herrera y Vergara
Reflexiones que hace un americano imparcial al diputado de este Nuevo Reino de Granada…
1 de septiembre de 1809

“Tan españoles somos, como los descendientes de Don Pelayo, y tan acreedores, por esta razón, a las distinciones, privilegios y prerrogativas del resto de la nación…”.

Camilo Torres
Representación del Cabildo de Santafé capital del Nuevo Reino de Granada, a la Suprema Junta Central de España
(conocido como Memorial de Agravios) 20 de noviembre de 1809

“Las ciudades de España, las provincias y reinos son, tan parte integrante de la Monarquía como son las de estos dominios. Somos unos mismos en privilegios y derechos, según lo declaró la Junta Central y ahora el Consejo de Regencia, añadiendo que, siguiendo un principio de eterna equidad y justicia, fuimos llamados a tomar parte en el gobierno que cesó y que hoy está depositado en la Regencia…”.

Acta de la junta extraordinaria de Santiago de Cali
3 de julio de 1810

“Deseando la Suprema Junta de esta Capital; dar un testimonio convincente de los sentimientos paternales que le anima para con todos los habitantes de este Reyno, y singularmente hacia los Indios, con el fin de reparar en lo posible tan notorios agravios, ha resuelto = Primero: Quitar desde hoy esta divisa odiosa del Tributo, y que en adelante gocen los referidos Indios de todos los privilegios, prerrogativas y exenciones que correspondan a los demas Ciudadanos…”.

Bando de la Sala Consistorial del Palacio de la Suprema Junta de Santafé
Septiembre 24 de 1810

“No hay pues ya más esperanzas que la energía y firmeza del gobierno. Al americano, al europeo, al demonio que se oponga a nuestra libertad, tratarlo como nos han de tratar si la perdemos. Que no haya fueros, privilegios ni consideraciones: al que no se declare abiertamente con sus opiniones, con su dinero, y con su persona a sostener nuestra causa, se debe declarar enemigo público, y castigarlo como tal”.

Antonio Nariño
La Bagatela, no 11
19 de septiembre 1811

“Estábamos como acabo de exportar, abstraídos, y digámoslo así, ausentes del universo en cuanto es relativo a la ciencia del gobierno y administración del Estado. Jamás éramos virreyes, ni gobernadores sino por causes muy extraordinarias; arzobispos y obispos pocas veces; diplomáticos nunca; militares, solo en calidad de subalternos; nobles sin privilegios reales; no éramos, en fin, ni magistrados ni financistas, y casi ni aun comerciantes: todo en contravención directa de nuestras instituciones”.

Simón Bolívar
Carta de Jamaica
6 de septiembre de 1815

“Que tales privilegios existieron y perduraron hasta fines del siglo XVIII con efectividad, nos lo demuestra el testimonio de Francisco Silvestre, fino observador de la sociedad colonial neogranadina y eficiente funcionario de la Corona. Con una clara visión de lo que debe ser un estado moderno, en las recomendaciones finales de su Descripción del Nuevo Reino de Santa Fe hace directa alusión a ellos y solicita que sean eliminados en nombre de la justicia y beneficio de la Corona. Silvestre había sido gobernador de la provincia de Antioquia y alto funcionario del Virreinato y desde esas posiciones pudo darse cuenta de que el peligro latente para la dominación española en las colonias estaba en el grupo criollo, demasiado seguro de sí mismo, que manifestaba “gran entusiasmo de nobleza y engreído orgullo y apego a los títulos colorados y pomposos”, según lo decía de los criollos de Antioquia. Sobre el tema de las preeminencias, dignidades, privilegios y exenciones, éstas eran sus palabras textuales:

Igualmente es necesario la supresión de todos los fueros privilegiados, que solo sirven para multiplicar pleitos y tribunales y de dificultar la Administración de Justicia, en perjuicio general de los vasallos y de la Jurisdicción Real, que en lo temporal y civil es la única que debe gobernar un Estado; como que las leyes son unas y a todos igualmente debe comprender, aunque modificada en algunos casos y circunstancias.

La Corona, por otra parte, fue parca en otorgarlos, porque no quería constituir en América grupos o clases fuertes que en alguna forma restaran jurisdicción al Estado como lo habían hecho los grandes durante el feudalismo, cuyos privilegios había limitado la monarquía tras larga lucha. Por consideraciones políticas se negó siempre a perpetuar las encomiendas y a crear una nobleza con fueros y privilegios jurídicamente protegidos. Tal criterio lo expresó claramente el jurista y consejero real, Juan de Solórzano cuando se oponía a la perpetuidad de las encomiendas y al otorgamiento de títulos de nobleza “porque si fueran las encomiendas perpetuas – decía el autor de la Política indiana – los encomenderos serían peores y más insolentes, más viciosos y soberbios y menos afectos al Rey, de quien ya nadie tendría que esperar, lo cual es peligroso en provincias remotas”. Y en cuanto a distinciones nobiliaras agregaba: “Pero en ninguna parte halla dispuesto, ni introducido que en las provincias de las Indias se repartan estos oficios – se refería a ciertos cargos administrativos u políticos – por mitad entre nobles y plebeyos, como suele hacerse en muchos lugares de España, porque esta división de Estados no se practica en ellos; ni conviene que se introduzca”.

Jaime Jaramillo
Ensayos de historia social, 1989

Las definiciones con este simbolo fueron escritas especialmete para esta publicación.