1822 – 1826
La sagrada Constitución Se cierra el círculo de la soberanía y el de lo sagrado

Para aclarar los alcances de la soberanía popular, que tantas confusiones había acarreado, los legisladores insistieron mucho en que una vez se estableciera el poder constituyente, éste se convertía en la fuente de poder y la soberanía popular cesaba. Es frecuente encontrar en discursos y cartas, tanto de Bolívar como de Santander, especialmente desde 1821, alusiones en el sentido de que para un pueblo civilizado la Constitución debía ser su único referente.

Pero lo que sucedió con la Constitución fue más allá, pues pasó a ocupar en el lenguaje común el lugar que antes ocupaba el rey. En casos judiciales entre 1822 y 1826 encontramos expresiones como “nuestra sagrada constitución”; “nuestras sabias y sagradas leyes”; “sagradas leyes constitucionales”; o “el sagrado código de la Nación” que indican una sacralización de la Constitución, el texto que prescribía el nuevo orden con el nuevo lenguaje.

La sacralización de la Constitución sellaba el vínculo de la nación con Dios que habían predicado curas y gobernantes, así como las leyes coloniales habían proclamado siempre la unidad entre el Imperio español y la Iglesia. En cierta forma, esta sacralización siguió la misma ruta que la soberanía: revertió del rey al pueblo, de éste al Congreso, y de éste a la Constitución. En las ceremonias públicas, la Constitución ocuparía el lugar del rey y sería también fuente de honor. Si durante la Colonia se argüía que el honor, especialmente de las personas de autoridad, se derivaba de la relación con el rey, en la república era distinto: el honor se vinculaba con los derechos otorgados por la Constitución a todos los ciudadanos. No obstante, el nuevo lenguaje se combinó de múltiples formas con la tradición colonial y con las desigualdades sociales y étnicas heredadas.

Se ha dicho que en Francia se dio una transferencia de la sacralidad de la Iglesia al Estado. En la Nueva Granada, dada la permanencia del vínculo entre la Iglesia y el nuevo Estado, y con base en la multitud de expresiones encontradas en los juzgados, puede decirse que la transferencia de la sacralidad se dio más bien del rey a la Constitución.